D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20250331-45)
Convenio – Convenio de 10 de marzo de 2025, para el suministro e instalación de marquesinas y postes en las paradas de los servicios públicos regulares de transporte de viajeros dependientes del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid en el municipio de Torres de la Alameda
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 488
LUNES 31 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 76
Octava
Resolución
Serán causas de resolución del presente Convenio, además de las recogidas en el Ordenamiento Jurídico, las siguientes:
— La denuncia de alguna de las partes, durante la vigencia del presente Convenio o
posible prórroga, previo aviso a la otra con una antelación mínima de dos meses.
— El incumplimiento reiterado de las cláusulas del Convenio.
— El mutuo acuerdo entre las partes.
— Este Convenio quedará sin efecto si el Ayuntamiento de Torres de la Alameda
adoptará acuerdo plenario de retirada o desvinculación de su adhesión al CRTM.
Novena
Comisión de seguimiento
Para el adecuado seguimiento e interpretación del presente Convenio, se creará una
Comisión de Seguimiento, compuesta paritariamente por dos representantes del CRTM y
dos del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, que se reunirá regularmente y a petición de
cualquiera de las partes.
Esta Comisión será la encargada de analizar, evaluar y elevar a los órganos correspondientes todas las propuestas relacionadas con la obra civil, la alimentación eléctrica, la instalación, el traslado y la sustitución de las marquesinas y postes, así como de cualquier otro
elemento del equipamiento de las mismas o, en general, de las paradas de autobús.
Serán funciones de la Comisión, además de los aspectos que desarrollen y concreten el
Convenio, acordar todas las acciones o medidas negociadoras que fueran necesarias tendentes a
evitar el incumplimiento del Convenio por las partes, establecer los procedimientos de solución
de las prestaciones en curso en caso de extinción del mismo antes de su fecha de vencimiento.
Décima
Jurisdicción competente
Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse en la aplicación de este Convenio serán resueltas por los Juzgados y Tribunales de Madrid.
Y, en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente Convenio.
Madrid, a 10 de marzo de 2025.—Por el Consorcio Regional de Transportes Públicos
Regulares de Madrid, el Presidente del Consejo de Administración, Jorge Rodrigo Domínguez.—Por el Ayuntamiento de Torres de la Alameda, el alcalde-presidente, José Antonio
Blanco Heras.
ANEXO I
RELACIÓN DE MARQUESINAS INSTALADAS POR EL CONSORCIO DE TRANSPORTES DE MADRID
EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TORRES DE LA ALAMEDA
Nº
FECHA
INSTALACIÓN
CÓD.
PARADA
CÓD.
MARQUESINA
1
24/06/2000
09003
154003
RDA.STA.SUSANA-MAYOR
Santa Susana 1
2
11/02/2016
09666
154001
Pº LOS POZOS-MADRID
Pozos 5
3
16/08/2005
09668
154004
MADRID-REAL
Madrid 1
4
05/05/2017
10836
154002
PºLOS POZOS-CONCEPCIÓN
Pozos 9
5
12/02/2016
12678
154006
RDA.STA.SUSANA-MAYOR
Santa Susana 3
6
31/08/2005
12963
154005
MADRID-POL.IND.LOS VALLEJOS
Madrid 24
7
29/11/2021
15707
154007
MAYOR-RUBENS
Mayor 19600
DIRECCIÓN
(03/4.384/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250331-45
DENOMINACIÓN PARADA
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 488
LUNES 31 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 76
Octava
Resolución
Serán causas de resolución del presente Convenio, además de las recogidas en el Ordenamiento Jurídico, las siguientes:
— La denuncia de alguna de las partes, durante la vigencia del presente Convenio o
posible prórroga, previo aviso a la otra con una antelación mínima de dos meses.
— El incumplimiento reiterado de las cláusulas del Convenio.
— El mutuo acuerdo entre las partes.
— Este Convenio quedará sin efecto si el Ayuntamiento de Torres de la Alameda
adoptará acuerdo plenario de retirada o desvinculación de su adhesión al CRTM.
Novena
Comisión de seguimiento
Para el adecuado seguimiento e interpretación del presente Convenio, se creará una
Comisión de Seguimiento, compuesta paritariamente por dos representantes del CRTM y
dos del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, que se reunirá regularmente y a petición de
cualquiera de las partes.
Esta Comisión será la encargada de analizar, evaluar y elevar a los órganos correspondientes todas las propuestas relacionadas con la obra civil, la alimentación eléctrica, la instalación, el traslado y la sustitución de las marquesinas y postes, así como de cualquier otro
elemento del equipamiento de las mismas o, en general, de las paradas de autobús.
Serán funciones de la Comisión, además de los aspectos que desarrollen y concreten el
Convenio, acordar todas las acciones o medidas negociadoras que fueran necesarias tendentes a
evitar el incumplimiento del Convenio por las partes, establecer los procedimientos de solución
de las prestaciones en curso en caso de extinción del mismo antes de su fecha de vencimiento.
Décima
Jurisdicción competente
Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse en la aplicación de este Convenio serán resueltas por los Juzgados y Tribunales de Madrid.
Y, en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente Convenio.
Madrid, a 10 de marzo de 2025.—Por el Consorcio Regional de Transportes Públicos
Regulares de Madrid, el Presidente del Consejo de Administración, Jorge Rodrigo Domínguez.—Por el Ayuntamiento de Torres de la Alameda, el alcalde-presidente, José Antonio
Blanco Heras.
ANEXO I
RELACIÓN DE MARQUESINAS INSTALADAS POR EL CONSORCIO DE TRANSPORTES DE MADRID
EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TORRES DE LA ALAMEDA
Nº
FECHA
INSTALACIÓN
CÓD.
PARADA
CÓD.
MARQUESINA
1
24/06/2000
09003
154003
RDA.STA.SUSANA-MAYOR
Santa Susana 1
2
11/02/2016
09666
154001
Pº LOS POZOS-MADRID
Pozos 5
3
16/08/2005
09668
154004
MADRID-REAL
Madrid 1
4
05/05/2017
10836
154002
PºLOS POZOS-CONCEPCIÓN
Pozos 9
5
12/02/2016
12678
154006
RDA.STA.SUSANA-MAYOR
Santa Susana 3
6
31/08/2005
12963
154005
MADRID-POL.IND.LOS VALLEJOS
Madrid 24
7
29/11/2021
15707
154007
MAYOR-RUBENS
Mayor 19600
DIRECCIÓN
(03/4.384/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250331-45
DENOMINACIÓN PARADA