B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250331-2)
Concurso de méritos –  Orden de 19 de marzo de 2025, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 14 de noviembre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de noviembre de 2024), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por el procedimiento de Concurso de Méritos
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 76

LUNES 31 DE MARZO DE 2025

Pág. 277

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
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ORDEN de 19 de marzo de 2025, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 14 de noviembre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 25 de noviembre de 2024), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local,
por el procedimiento de Concurso de Méritos.

Por Orden de 14 de noviembre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 25 de noviembre de 2024), del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, se aprobó convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería, por el procedimiento de Concurso de Méritos.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10 de
abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Ley 4/1989, de 6 de abril, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 4 de mayo de 1989); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería
de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias
para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la Orden 2094/1990, de 31 de
agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en
las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre) y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como
las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondiente.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril,
de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por el cual se atribuye a los respectivos
Consejeros la competencia para la resolución de las convocatorias para la provisión de
puestos de trabajo, y de acuerdo con la propuesta de adjudicación efectuada por la Junta de
Méritos y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
RESUELVO
Primero
Objeto
Adjudicar los puestos de trabajo 5306 y 5570 a los funcionarios que figuran en el
Anexo y declarar desiertos los puestos de trabajo 30060 y 35733.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución, salvo que el cese
haya sido formalmente diferido o aplazado por el órgano competente.
El cómputo de los citados plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos
o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que, por causas
justificadas, el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa aplicable.

BOCM-20250331-2

Plazo de toma de posesión