D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250329-5)
Convenio –  Convenio de colaboración de 7 de marzo de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Asociación de Empresarios y Profesionales de la Carne y Derivados Cárnicos de la Comunidad de Madrid (CARNIMAD), la Asociación de Empresarios Detallistas de Pescados y Productos Congelados de la Comunidad de Madrid (ADEPESCA), la Asociación de Empresarios Detallistas de Frutas y Hortalizas de Madrid (ADEFRUTAS), la Asociación de Empresarios Artesanos del Sector de Pastelería de Madrid-Pasteleros de Madrid (ASEMPAS), la Asociación Española de Floristas (AEFI), el Gremio del Comercio de Ferretería de Madrid y su Provincia (AGREFEMA), la Asociación Provincial de Comerciantes Ambulantes y de Ferias de Madrid, la Asociación de Empresarias y Empresarios del Comercio del Libro de Madrid (Gremio de Libreras y Libreros de Madrid), la Asociación de Comerciantes de Electrodomésticos, Muebles de Cocina y Autónomos (ACEMA), la Única-Asociación Madrileña de Empresarios de Alimentación y Distribución, la Asociación Sindical de Detallistas de Huevos, Aves y Caza de la Provincia de Madrid (ASDHAC), la Asociación Empresarial del Comercio Textil, Complementos y Piel (ACOTEX), la Federación de Comercio Agrupado y Mercados de la Comunidad de Madrid (COCAM), el Gremio de Joyeros, Plateros y Relojeros de Madrid y la Asociación de Empresarios de Establecimientos Sanitarios de Ópticas de la Comunidad de Madrid (Asociación Ópticas Madrid), la Asociación de Vendedores Profesionales de Prensa de Madrid (AVPPM), la Asociación de Empresas de Confección y Moda de la Comunidad de Madrid (ASECOM), la Asociación para la Gestión y Modernización del Comercio en Espacios Urbanos y Mercadillos (GESCOMER), la Asociación de Empresarios de Comercios del Hábitat de Madrid, la Asociación Profesional de Tintorerías y Lavanderías de la Comunidad de Madrid (ASTYLCAM), la Asociación para la Promoción y el Desarrollo del Comercio Ambulante (APRODECA), la Asociación de Talleres de Automoción (ASETRA) y la Asociación de Empresarios Mayoristas de Pescados de Madrid (AEMPM), para la Asistencia Técnica en Materia de Ordenación, Promoción y Fomento de la Actividad Comercial y de Servicios
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 75

SÁBADO 29 DE MARZO DE 2025

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Tercera
1. La Comunidad de Madrid se compromete a:
a) Definir, supervisar y aprobar los contenidos de las informaciones suministradas en
materia de ordenación, promoción y fomento por las asociaciones firmantes del presente convenio, de modo que éstas sean acordes con los principios generales de la
normativa reguladora del comercio mayorista y minorista y de servicios de la Comunidad de Madrid y el Programa de Promoción, Dinamización e Innovación de
Comercio de la Comunidad de Madrid. A tal efecto, comunicará a la Comisión de
Seguimiento prevista en la cláusula séptima del presente convenio sus decisiones.
b) Disponer de los medios técnicos y humanos necesarios para la ejecución de las acciones objeto de este convenio. para ello, los trabajos descritos en esta cláusula serán coordinados y, en su caso desarrollados, por el equipo de la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios.
c) Intercambiar y facilitar contenidos y material informativo, a través de manuales sobre ordenación comercial, el Programa de Dinamización, Promoción e Innovación
de Comercio, así como bancos de imágenes a las asociaciones de comerciantes para
el desarrollo de la asistencia a las empresas de comercio objeto del presente convenio, con el objetivo de aportar y enriquecer las mismas, en el marco de la regulación
vigente del comercio mayorista y minorista de la Comunidad de Madrid.
d) Ofrecer asesoramiento, técnico y jurídico, en materia de comercio para el correcto
y adecuado desarrollo de la asistencia técnica en los sectores comerciales descritos en el presente convenio.
e) Permitir a las asociaciones y federaciones firmantes el link con el portal “Gestiones y Trámites de la Comunidad de Madrid” para el mejor desarrollo de la asistencia técnica en los ámbitos señalados.
f) Facilitar a las asociaciones y federaciones firmantes los manuales en materia de
ordenación, el Programa de Dinamización, Promoción e Innovación del Comercio, los documentos informativos de la actividad de fomento en materia comercial.
g) Promover acciones conjuntas con medios de comunicación como presentaciones públicas, inauguraciones, participación en foros y cualquier otra de esta naturaleza que
contribuya a la difusión de la asistencia, comunicando la propuesta de las mismas a
la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula séptima del presente convenio.
h) Divulgar y difundir la prestación de la asistencia técnica, a través de la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios, utilizando como instrumentos divulgativos la Agenda Promocional del Comercio y la Artesanía
( www.comunidad.madrid ), así como las herramientas “on line” de las que
dispone la misma, Facebook y Twitter.
i) Distribución del material que se realice ad hoc en materia de asistencia técnica a
través de los canales de difusión habituales.
j) Insertar el logotipo institucional de las asociaciones firmantes en el material promocional de las actuaciones señaladas.
k) Realizar la aportación económica para la prestación de asistencia técnica, con el
contenido y alcance que figura en la cláusula octava y en el Anexo I del presente
convenio.
2. Las Asociaciones y Federaciones de Comerciantes firmantes se comprometen a:
a) Prestación de la asistencia técnica según desglose recogido en el Anexo I del presente convenio, que incluye:
— Información y actualización de contenidos relativos a ordenación comercial y
de servicios.
— Implementación de actuaciones dirigidas a la promoción y profesionalización
del sector correspondiente.
— Asesoramiento y difusión en materia de la actividad de fomento desarrollada
por la Administración de la Comunidad de Madrid.
b) Facilitar técnicos cualificados para prestar la asistencia mencionada en el apartado
anterior, donde los comerciantes puedan plantear sus consultas y se les facilite información y práctica presencial inmediata de las materias objeto del presente convenio.
A fin de verificar la cualificación de dicho personal técnico deberá aportarse, con
anterioridad a la prestación de dicha asistencia, currículum acreditativo de expe-

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Compromisos de las partes