Madrid (BOCM-20250328-63)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Precios públicos
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BOCM
Pág. 194
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 74
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
BOCM-20250328-63
Acuerdo del Pleno, de 25 de marzo de 2025, por el que se aprueba el establecimiento
del precio público por la adquisición del catálogo de la exposición “Madrid Metrópoli. El
sueño de Antonio Palacios”.
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (3/2025), ordinaria celebrada el día 25 de marzo de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:
”Primero.—Aprobar el establecimiento del precio público por la adquisición del catálogo de la exposición “Madrid Metrópoli. El sueño de Antonio Palacios”, que figura
como anexo.
Segundo.—Dejar sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten
incompatibles con lo establecido en este acuerdo.
Tercero.—Facultar a la titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del
acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en los estatutos de la Agencia Tributaria Madrid.
Cuarto.—Este acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sin perjuicio de lo anterior, el acuerdo se remitirá a la Administración General del
Estado y a la Administración de la Comunidad de Madrid”.
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra dicho
acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter
previo y potestativo, recurso de reposición ante el Pleno, en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo
en el plazo de dos meses, contados dichos plazos a partir del día siguiente a la publicación
de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En el supuesto de interponerse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta la resolución expresa de aquel o su desestimación presunta (artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier
otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 74
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
BOCM-20250328-63
Acuerdo del Pleno, de 25 de marzo de 2025, por el que se aprueba el establecimiento
del precio público por la adquisición del catálogo de la exposición “Madrid Metrópoli. El
sueño de Antonio Palacios”.
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (3/2025), ordinaria celebrada el día 25 de marzo de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:
”Primero.—Aprobar el establecimiento del precio público por la adquisición del catálogo de la exposición “Madrid Metrópoli. El sueño de Antonio Palacios”, que figura
como anexo.
Segundo.—Dejar sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten
incompatibles con lo establecido en este acuerdo.
Tercero.—Facultar a la titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del
acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en los estatutos de la Agencia Tributaria Madrid.
Cuarto.—Este acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sin perjuicio de lo anterior, el acuerdo se remitirá a la Administración General del
Estado y a la Administración de la Comunidad de Madrid”.
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra dicho
acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter
previo y potestativo, recurso de reposición ante el Pleno, en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo
en el plazo de dos meses, contados dichos plazos a partir del día siguiente a la publicación
de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En el supuesto de interponerse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta la resolución expresa de aquel o su desestimación presunta (artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier
otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).