Boadilla del Monte (BOCM-20250328-71)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 74

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71

BOADILLA DEL MONTE

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, Decreto del primer teniente de alcaldedelegado de Coordinación, Personal y Patrimonio núm. 726/2025, de fecha 17 de marzo,
de aprobación de las bases específicas que regirán la convocatoria del proceso selectivo
para la cobertura, en régimen de personal funcionario de carrera, en ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2024, por el turno libre, mediante el sistema de oposición,
de una plaza de la Escala de Administración General, Subescala Técnica Superior, Grupo
A, Subgrupo A1, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
Las bases se encuentran expuestas íntegramente en el Tablón de Edictos y Anuncios
Digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte y en la página web municipal
( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org/ (Pestaña Tu Ayuntamiento/Oferta de
Empleo Público ).
El plazo de presentación de solicitudes de participación será de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” de la respectiva convocatoria.
Las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, podrán recurrirse potestativamente en reposición o interponer directamente recurso
ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente.
Boadilla del Monte, a 18 de marzo de 2025.—El primer teniente de alcalde-delegado
de Coordinación, Personal y Patrimonio, Jesús Egea Pascual.
(01/4.340/25)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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