B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250328-9)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en las pruebas selectivas para el acceso, por el sistema de promoción interna, a plazas de la categoría profesional de Educador, especialidad Personas con Discapacidad Intelectual (Grupo III, Nivel 6, Área C), de la Comunidad de Madrid, y se publica la relación provisional de excluidos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE MARZO DE 2025
Pág. 55
pondiente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de
Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/personas-discapacidadintelectual-area-c
Asimismo, el acceso a dicho enlace estará disponible en la página web del proceso selectivo: https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/educador-personas-discapacidad-intelectual-pi
Una vez descargado, cumplimentado y firmado digitalmente el impreso, deberá tramitarse junto con la documentación acreditativa que en su caso corresponda, como aportación documental en el expediente de su solicitud de admisión a dichas pruebas selectivas,
a través de su Carpeta Ciudadana a la que podrá acceder desde el siguiente enlace: Carpeta Ciudadana.
3. Las personas aspirantes que hubieren de subsanar deberán marcar las causas de
exclusión que les resulten aplicables, cumplimentar los datos y presentar la documentación
acreditativa que resulte necesaria para la subsanación.
4. Aquellas personas que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos
habrán de marcar la causa identificada con el código “Z” del modelo de subsanación, acompañando al mismo copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda en los términos indicados en la base tercera de la Orden 395/2022, de 4 de marzo.
Quinto
BOCM-20250328-9
De no realizarse por las personas interesadas las subsanaciones correspondientes en el
plazo y forma establecidos o, si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran
aportado a tal fin, o de la obtenida de la consulta efectuada de oficio en los supuestos ya
descritos, se dedujera que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos del proceso de referencia.
En Madrid, a 14 de marzo de 2025.—La Directora General de Función Pública,
P. D. F. (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Elisa Moreno Bernis.
B.O.C.M. Núm. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE MARZO DE 2025
Pág. 55
pondiente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de
Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/personas-discapacidadintelectual-area-c
Asimismo, el acceso a dicho enlace estará disponible en la página web del proceso selectivo: https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/educador-personas-discapacidad-intelectual-pi
Una vez descargado, cumplimentado y firmado digitalmente el impreso, deberá tramitarse junto con la documentación acreditativa que en su caso corresponda, como aportación documental en el expediente de su solicitud de admisión a dichas pruebas selectivas,
a través de su Carpeta Ciudadana a la que podrá acceder desde el siguiente enlace: Carpeta Ciudadana.
3. Las personas aspirantes que hubieren de subsanar deberán marcar las causas de
exclusión que les resulten aplicables, cumplimentar los datos y presentar la documentación
acreditativa que resulte necesaria para la subsanación.
4. Aquellas personas que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos
habrán de marcar la causa identificada con el código “Z” del modelo de subsanación, acompañando al mismo copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda en los términos indicados en la base tercera de la Orden 395/2022, de 4 de marzo.
Quinto
BOCM-20250328-9
De no realizarse por las personas interesadas las subsanaciones correspondientes en el
plazo y forma establecidos o, si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran
aportado a tal fin, o de la obtenida de la consulta efectuada de oficio en los supuestos ya
descritos, se dedujera que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos del proceso de referencia.
En Madrid, a 14 de marzo de 2025.—La Directora General de Función Pública,
P. D. F. (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Elisa Moreno Bernis.