Hoyo de Manzanares (BOCM-20250327-77)
Régimen económico. Padrón fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 220
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 73
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
HOYO DE MANZANARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250327-77
Habiéndose detectado error material en el anuncio de Régimen Económico, insertado
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 62 de 14 de marzo
de 2025, número de inserción 01/3.487/25, mediante el presente se rectifica lo siguiente:
— Donde dice: “Ayuntamiento de Majadahonda”
— Debe decir: “Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares”.
— Donde dice: “Habiéndose aprobado el mencionado padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este, a efectos de su notificación colectiva, se publica el mismo
para su general conocimiento en cumplimiento de los artículos 102.3 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio”,
— Debe decir: “Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 2025-0298,
de fecha 4/03/2025, el padrón de la tasa de recogida de residuos sólidos urbanos correspondiente al periodo anual de 2025 y las liquidaciones integrantes de este, a
efectos de su notificación colectiva, se publica el mismo para su general conocimiento en cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio”.
— Donde dice: “De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de
los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del mencionado tributo en las siguientes fechas de 15 de julio a 15 de noviembre de 2024”.
— Debe decir: “De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del mencionado tributo en las siguientes fechas de 30 de abril a 30 de junio de 2025”.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, a 26 de marzo de 2025.
(03/4.799/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 220
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AYUNTAMIENTO DE
77
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RÉGIMEN ECONÓMICO
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Habiéndose detectado error material en el anuncio de Régimen Económico, insertado
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 62 de 14 de marzo
de 2025, número de inserción 01/3.487/25, mediante el presente se rectifica lo siguiente:
— Donde dice: “Ayuntamiento de Majadahonda”
— Debe decir: “Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares”.
— Donde dice: “Habiéndose aprobado el mencionado padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este, a efectos de su notificación colectiva, se publica el mismo
para su general conocimiento en cumplimiento de los artículos 102.3 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio”,
— Debe decir: “Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 2025-0298,
de fecha 4/03/2025, el padrón de la tasa de recogida de residuos sólidos urbanos correspondiente al periodo anual de 2025 y las liquidaciones integrantes de este, a
efectos de su notificación colectiva, se publica el mismo para su general conocimiento en cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio”.
— Donde dice: “De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de
los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del mencionado tributo en las siguientes fechas de 15 de julio a 15 de noviembre de 2024”.
— Debe decir: “De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del mencionado tributo en las siguientes fechas de 30 de abril a 30 de junio de 2025”.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, a 26 de marzo de 2025.
(03/4.799/25)
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