D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250327-61)
Convenio – Convenio de 5 de marzo de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y Radio Televisión Madrid, S. A. U., para impulsar el deporte base, femenino, minoritario e inclusivo y visibilizar la acción de la Comunidad de Madrid en estos ámbitos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 180
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE MARZO DE 2025
d)
e)
f)
g)
h)
i)
B.O.C.M. Núm. 73
de ambas partes si existiera causa justificada o debido a necesidades de actualidad
informativa.
Remitir a la Comunidad de Madrid unas claves para la descarga de los archivos en
calidad HD, que se transferirán mediante un servidor FTP, los dos primeros días
laborables tras la emisión en festivo o fines de semana de cada programa, partido
o evento deportivo.
Incrementar el número de retransmisiones deportivas a través de LaOtra hasta un
mínimo de 168 durante el período de vigencia del convenio, prestando especial
atención a las de deporte base, categoría femenina y a los deportes practicados por
personas con discapacidad.
Las retransmisiones deportivas serán del evento deportivo íntegro, sin que se considere retransmisión un resumen del mismo, y se emitirán los sábados y domingos, en horario de mañana, en la franja comprendida entre las 10:00 y las 14:00
horas. Las retransmisiones se harán preferentemente en directo.
La previsión semanal de retransmisiones deportivas se comunicará a la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid con, al menos, 24 horas
de antelación.
Ampliar el número de modalidades y especialidades deportivas, incluyendo las
minoritarias, y las de deportes de contacto. En el caso de retransmisiones de deporte femenino llegar al menos a un 30 % de las retransmisiones totales sujetas a
este convenio.
Facilitar a la Comunidad de Madrid, bajo las condiciones que en cada caso particular se determinen y teniendo en cuenta la normativa del fondo documental de
RTVM, material de archivo obtenido al amparo de este convenio para que pueda
utilizarse en la producción de videos de carácter divulgativo, así como el material
gráfico elaborado para los programas, para su posible uso por la Comunidad de
Madrid, para lo cual remitirá a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte copias de los espacios emitidos en un soporte de calidad adecuado, posibilitando,
además, la solicitud puntual de imágenes o material en bruto obtenido en el desarrollo del presente convenio.
Hacer constar, de manera clara y visible, la colaboración de la Comunidad de
Madrid en el Programa, los contenidos, encuentros y eventos en general que se
ejecuten en aplicación del presente convenio.
Asumir la responsabilidad sobre la totalidad de los contenidos producidos directamente por RTVM en desarrollo de este convenio.
Tercera
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se
obliga a:
a) Proporcionar a RTVM la colaboración necesaria para posibilitar el cumplimiento
del objeto de este convenio.
b) Facilitar a RTVM la documentación y asesoramiento necesario para la elaboración de los contenidos del Programa.
c) Facilitar a RTVM todas las tareas técnicas dirigidas a la grabación y retransmisión
de actuaciones, eventos, actividades y similares, favoreciendo las condiciones
para que aquellas puedan realizarse conforme a los requerimientos técnicos y profesionales exigibles.
d) Ceder a RTVM el uso de los logos, imágenes y elementos de identidad corporativa que
sean necesarios para su inclusión en los contenidos audiovisuales objeto de difusión.
e) Conceder preferencia a la presencia de RTVM en los actos, ruedas de prensa y demás eventos de carácter público relacionados con el desarrollo y ejecución de este
convenio.
f) Aportar, como máximo, la cantidad que figura en la cláusula cuarta de este convenio para llevar a cabo el objeto del mismo.
BOCM-20250327-61
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Pág. 180
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE MARZO DE 2025
d)
e)
f)
g)
h)
i)
B.O.C.M. Núm. 73
de ambas partes si existiera causa justificada o debido a necesidades de actualidad
informativa.
Remitir a la Comunidad de Madrid unas claves para la descarga de los archivos en
calidad HD, que se transferirán mediante un servidor FTP, los dos primeros días
laborables tras la emisión en festivo o fines de semana de cada programa, partido
o evento deportivo.
Incrementar el número de retransmisiones deportivas a través de LaOtra hasta un
mínimo de 168 durante el período de vigencia del convenio, prestando especial
atención a las de deporte base, categoría femenina y a los deportes practicados por
personas con discapacidad.
Las retransmisiones deportivas serán del evento deportivo íntegro, sin que se considere retransmisión un resumen del mismo, y se emitirán los sábados y domingos, en horario de mañana, en la franja comprendida entre las 10:00 y las 14:00
horas. Las retransmisiones se harán preferentemente en directo.
La previsión semanal de retransmisiones deportivas se comunicará a la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid con, al menos, 24 horas
de antelación.
Ampliar el número de modalidades y especialidades deportivas, incluyendo las
minoritarias, y las de deportes de contacto. En el caso de retransmisiones de deporte femenino llegar al menos a un 30 % de las retransmisiones totales sujetas a
este convenio.
Facilitar a la Comunidad de Madrid, bajo las condiciones que en cada caso particular se determinen y teniendo en cuenta la normativa del fondo documental de
RTVM, material de archivo obtenido al amparo de este convenio para que pueda
utilizarse en la producción de videos de carácter divulgativo, así como el material
gráfico elaborado para los programas, para su posible uso por la Comunidad de
Madrid, para lo cual remitirá a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte copias de los espacios emitidos en un soporte de calidad adecuado, posibilitando,
además, la solicitud puntual de imágenes o material en bruto obtenido en el desarrollo del presente convenio.
Hacer constar, de manera clara y visible, la colaboración de la Comunidad de
Madrid en el Programa, los contenidos, encuentros y eventos en general que se
ejecuten en aplicación del presente convenio.
Asumir la responsabilidad sobre la totalidad de los contenidos producidos directamente por RTVM en desarrollo de este convenio.
Tercera
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se
obliga a:
a) Proporcionar a RTVM la colaboración necesaria para posibilitar el cumplimiento
del objeto de este convenio.
b) Facilitar a RTVM la documentación y asesoramiento necesario para la elaboración de los contenidos del Programa.
c) Facilitar a RTVM todas las tareas técnicas dirigidas a la grabación y retransmisión
de actuaciones, eventos, actividades y similares, favoreciendo las condiciones
para que aquellas puedan realizarse conforme a los requerimientos técnicos y profesionales exigibles.
d) Ceder a RTVM el uso de los logos, imágenes y elementos de identidad corporativa que
sean necesarios para su inclusión en los contenidos audiovisuales objeto de difusión.
e) Conceder preferencia a la presencia de RTVM en los actos, ruedas de prensa y demás eventos de carácter público relacionados con el desarrollo y ejecución de este
convenio.
f) Aportar, como máximo, la cantidad que figura en la cláusula cuarta de este convenio para llevar a cabo el objeto del mismo.
BOCM-20250327-61
Obligaciones de la Comunidad de Madrid