Majadahonda (BOCM-20250326-48)
Régimen económico. Padrones fiscales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 190
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 72
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
MAJADAHONDA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250326-48
Aprobadas por resolución del concejal-delegado de Hacienda y Recursos Humanos del
Ayuntamiento de Majadahonda, las listas cobratorias correspondientes al ejercicio 2025 de:
— Impuesto de vehículos de tracción mecánica.
— Tasa de entrada de vehículos a través de las aceras (vados).
— Tasa por instalación de terrazas de veladores, mesas y sillas.
Por el presente se pone en conocimiento de los contribuyentes por estos conceptos, que
las mismas, se expondrán al público durante el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio.
Los legítimos interesados podrán formular, si lo estiman necesario y en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de exposición al público, recurso de reposición contra dichos actos ante éste mismo órgano, previo al ContenciosoAdministrativo.
El cobro de los mismos se realizará del modo siguiente:
Plazos:
— Período voluntario: desde el 1 de abril al 02 de junio de 2025, en el horario establecido por las Entidades Bancarias colaboradoras.
— Período ejecutivo: transcurrido el plazo del período voluntario las deudas serán
exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos correspondientes, intereses de demora y, en su caso las costas que se produzcan.
Lugar de pago:
— En las siguientes entidades financieras colaboradoras:
• Banco Santander, Ibercaja y BBVA.
• Oficinas de Correos.
— El cargo en c/c de las liquidaciones que por estos conceptos se encuentren domiciliadas se realizará el 30/4/2025.
— Los contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación bancaria para ejercicios
siguientes.
Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el art. 102.3 de la Ley General Tributaria 58/2003 y el art. 24 del Reglamento General de Recaudación.
Se recuerda a los señores contribuyentes que no tengan en su poder el recibo para realizar el pago, deberán ponerse en contacto con el Departamento de Gestión Tributaria de este
Ayuntamiento, solicitando cita previa a través de la web municipal, para que se les expida un
duplicado dentro del plazo señalado para el pago o bien a través de www.majadahonda.org
(portal tributario).
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Majadahonda, a 24 de marzo de 2025.—El concejal-delegado de Hacienda y Recursos Humanos, Diego López del Hierro.
(01/4.757/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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MAJADAHONDA
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BOCM-20250326-48
Aprobadas por resolución del concejal-delegado de Hacienda y Recursos Humanos del
Ayuntamiento de Majadahonda, las listas cobratorias correspondientes al ejercicio 2025 de:
— Impuesto de vehículos de tracción mecánica.
— Tasa de entrada de vehículos a través de las aceras (vados).
— Tasa por instalación de terrazas de veladores, mesas y sillas.
Por el presente se pone en conocimiento de los contribuyentes por estos conceptos, que
las mismas, se expondrán al público durante el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio.
Los legítimos interesados podrán formular, si lo estiman necesario y en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de exposición al público, recurso de reposición contra dichos actos ante éste mismo órgano, previo al ContenciosoAdministrativo.
El cobro de los mismos se realizará del modo siguiente:
Plazos:
— Período voluntario: desde el 1 de abril al 02 de junio de 2025, en el horario establecido por las Entidades Bancarias colaboradoras.
— Período ejecutivo: transcurrido el plazo del período voluntario las deudas serán
exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos correspondientes, intereses de demora y, en su caso las costas que se produzcan.
Lugar de pago:
— En las siguientes entidades financieras colaboradoras:
• Banco Santander, Ibercaja y BBVA.
• Oficinas de Correos.
— El cargo en c/c de las liquidaciones que por estos conceptos se encuentren domiciliadas se realizará el 30/4/2025.
— Los contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación bancaria para ejercicios
siguientes.
Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el art. 102.3 de la Ley General Tributaria 58/2003 y el art. 24 del Reglamento General de Recaudación.
Se recuerda a los señores contribuyentes que no tengan en su poder el recibo para realizar el pago, deberán ponerse en contacto con el Departamento de Gestión Tributaria de este
Ayuntamiento, solicitando cita previa a través de la web municipal, para que se les expida un
duplicado dentro del plazo señalado para el pago o bien a través de www.majadahonda.org
(portal tributario).
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Majadahonda, a 24 de marzo de 2025.—El concejal-delegado de Hacienda y Recursos Humanos, Diego López del Hierro.
(01/4.757/25)
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