C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250326-18)
Prueba certificación idiomas – Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, sobre el procedimiento de admisión y matrícula de alumnos libres en las pruebas de certificación en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Madrid para el año 2025
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 64
MIÉRCOLES 26 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 72
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
18
RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Educación
Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, sobre el procedimiento de admisión y matrícula de alumnos libres en las pruebas de certificación en
las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Madrid para el año 2025.
El Decreto 106/2018, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se ordenan
las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los currículos de los niveles
básico, intermedio y avanzado en la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 22,
apartado 6, que la consejería con competencias en Educación regulará las pruebas específicas para la obtención de los certificados de nivel y convocará, al menos una vez al año,
las pruebas para la obtención de los certificados de competencia general de los niveles básico A2, intermedio B1, intermedio B2, avanzado C1 y avanzado C2 de aquellos idiomas y
niveles que se hayan impartido en la Comunidad de Madrid en ese curso académico.
Asimismo, la Orden 2414/2019, de 1 de agosto, de la Consejería de Educación e Investigación, modificada por la Orden 2475/2021, de 13 de agosto, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, regula para la Comunidad de Madrid la evaluación y certificación de los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de
idiomas de régimen especial en la Comunidad de Madrid.
Por otro lado, la Orden 1587/2022, de 8 de junio, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, que regula el procedimiento de admisión y matrícula del
alumnado oficial y libre en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Madrid,
establece en su artículo 17 que la Dirección General competente en materia de enseñanzas
de idiomas convocará anualmente mediante resolución, el procedimiento de admisión y
matrícula para alumnos libres.
Con el fin de organizar el procedimiento de admisión y matrícula para la realización
de pruebas de certificación para alumnos libres en los niveles básico A2, intermedio B1,
intermedio B2 y avanzado C1 y avanzado C2 en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la
Comunidad de Madrid y, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 28/2024,
de 24 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 248/2023, de 11
de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
RESUELVO
Primero
Objeto
Segundo
Destinatarios y requisitos
1. Podrá solicitar la admisión en las pruebas de certificación cualquier ciudadano que
tenga dieciséis años cumplidos en el año 2025.
Asimismo, podrán solicitar la admisión quienes tengan catorce años cumplidos en el
año 2025 para un idioma distinto del que cursan en la Educación Secundaria Obligatoria
como primera lengua extranjera.
BOCM-20250326-18
Es objeto de esta resolución realizar una convocatoria de pruebas de certificación de los niveles básico A2, intermedio B1, intermedio B2, avanzado C1 y avanzado C2 de aquellos idiomas
y niveles que se han impartido en la Comunidad de Madrid en el curso académico 2024-2025.
La Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen
Especial publicará en su página los idiomas y niveles que certifican por escuela con cinco
días hábiles de antelación al inicio del plazo de presentación de solicitudes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 64
MIÉRCOLES 26 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 72
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
18
RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Educación
Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, sobre el procedimiento de admisión y matrícula de alumnos libres en las pruebas de certificación en
las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Madrid para el año 2025.
El Decreto 106/2018, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se ordenan
las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los currículos de los niveles
básico, intermedio y avanzado en la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 22,
apartado 6, que la consejería con competencias en Educación regulará las pruebas específicas para la obtención de los certificados de nivel y convocará, al menos una vez al año,
las pruebas para la obtención de los certificados de competencia general de los niveles básico A2, intermedio B1, intermedio B2, avanzado C1 y avanzado C2 de aquellos idiomas y
niveles que se hayan impartido en la Comunidad de Madrid en ese curso académico.
Asimismo, la Orden 2414/2019, de 1 de agosto, de la Consejería de Educación e Investigación, modificada por la Orden 2475/2021, de 13 de agosto, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, regula para la Comunidad de Madrid la evaluación y certificación de los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de
idiomas de régimen especial en la Comunidad de Madrid.
Por otro lado, la Orden 1587/2022, de 8 de junio, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, que regula el procedimiento de admisión y matrícula del
alumnado oficial y libre en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Madrid,
establece en su artículo 17 que la Dirección General competente en materia de enseñanzas
de idiomas convocará anualmente mediante resolución, el procedimiento de admisión y
matrícula para alumnos libres.
Con el fin de organizar el procedimiento de admisión y matrícula para la realización
de pruebas de certificación para alumnos libres en los niveles básico A2, intermedio B1,
intermedio B2 y avanzado C1 y avanzado C2 en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la
Comunidad de Madrid y, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 28/2024,
de 24 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 248/2023, de 11
de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
RESUELVO
Primero
Objeto
Segundo
Destinatarios y requisitos
1. Podrá solicitar la admisión en las pruebas de certificación cualquier ciudadano que
tenga dieciséis años cumplidos en el año 2025.
Asimismo, podrán solicitar la admisión quienes tengan catorce años cumplidos en el
año 2025 para un idioma distinto del que cursan en la Educación Secundaria Obligatoria
como primera lengua extranjera.
BOCM-20250326-18
Es objeto de esta resolución realizar una convocatoria de pruebas de certificación de los niveles básico A2, intermedio B1, intermedio B2, avanzado C1 y avanzado C2 de aquellos idiomas
y niveles que se han impartido en la Comunidad de Madrid en el curso académico 2024-2025.
La Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen
Especial publicará en su página los idiomas y niveles que certifican por escuela con cinco
días hábiles de antelación al inicio del plazo de presentación de solicitudes.