Los Molinos (BOCM-20250326-47)
Organización y funcionamiento. Ordenanza coworking
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 184

MIÉRCOLES 26 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 72

b) No se permiten las visitas en el interior, salvo en la Sala de Reuniones y solo si se tiene reservada la misma. Los mensajeros y carteros deberán ser
recibidos fuera del coworking.
c) El acceso al Coworking Municipal se realizará según determine el Ayuntamiento. Es necesario registrar la entrada y la salida, aunque se coincida con
otro usuario y la puerta esté abierta en ese momento.
HORARIO:
El acceso y uso solo se podrá hacer durante el horario de apertura:
De lunes a viernes no festivos en el municipio de 9,00 a 21,00 horas
A las 21,00 horas como máximo se debe abandonar el edificio. A las 21,15 se
activa la alarma con aviso a Policía.
USO DE ESPACIOS:
a) Todos los espacios son de uso común. Se deben extremar las medidas higiénicas y usar las papeleras. Es importante cuidar los espacios para que el
siguiente usuario los encuentre limpios.
b) En el coworking pueden trabajar hasta 30 personas. Es importante mantener silencio. El móvil debe estar en modo silencio o vibración, no debe sonar. Hay 1 cabina insonorizada para hacer llamadas.
c) Las mesas son comunes. Se deberán mantener las pertenencias de cada
uno dentro de su espacio.
d) Se permiten paquetes de un máximo de 2 kg siempre que sus medidas no
excedan 30 cm en alto, ancho o largo. Los paquetes, como el resto de las
pertenencias, no se pueden dejar en el coworking más allá de la hora de
cierre.
e) El coworking es un espacio libre de humo. No está permitido fumar.
f) El Ayuntamiento declina toda responsabilidad ante hurtos, robos o pérdida
de objetos personales.
REPORTE DE INCIDENCIAS:
Las incidencias se deberán comunicar al Agente de Desarrollo Local, llamando
al 918551013 en horario de 8,30 a 15,00.
Como última instancia y en caso de urgencia a la Policía Local.
VIGILANCIA Y SALUD:
El Coworking tiene servicio de videovigilancia. Se graba 24 horas todo lo que
ocurre. Las imágenes se guardan un máximo de 15 días, salvo que haya una incidencia que se
separa y se da traslado a Policía Local o al Juzgado.
NORMAS ESPECÍFICAS EN LOS ALQUILERES POR DÍAS (en fines de semana y festivos):
En los alquileres por días, el acceso lo debe controlar la persona responsable del
alquiler.

RUIDO:
El Coworking está situado en un entorno residencial. Se debe prestar atención al
ruido y el volumen de música, si se usase. No se debe superar lo legalmente establecido (a fecha
de redacción de esta Ordenanza, la Ley 37/2003 del ruido).
Tras el evento, el recinto debe quedar recogido y limpio. No se deben encontrar
objetos en suelo o mesas, sino que deben depositar en las papeleras. El responsable del alquiler

BOCM-20250326-47

No se debe superar el aforo máximo de 40 personas en el interior. Este aforo
puede ser reducido por normativa sanitaria en vigor en cada momento.