D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250325-38)
Expropiación – Orden 929/2025, de 17 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el “Proyecto de renovación con incremento de capacidad de la conducción desde la ETAP de La Jarosa a El Escorial”, en los términos municipales de Guadarrama, San Lorenzo de El Escorial y El Escorial. (Expediente de expropiación forzosa número 424. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 120
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 71
En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a
lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.
Segundo
La presente Orden será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en uno de los diarios de mayor difusión y comunicada a los Ayuntamientos en
cuyo término radiquen los bienes o derechos objeto de la expropiación, a efectos de su exposición en el tablón de anuncios. Asimismo, se publicará un anuncio en el “Boletín Oficial del Estado” para que sirva de notificación a los interesados desconocidos, de ignorado
domicilio, o a los que, intentada la notificación, ésta no se pueda practicar, de conformidad
a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero
Las afecciones que resultan necesarias para la ejecución del proyecto de obra y para
permitir y asegurar el posterior mantenimiento y conservación de las infraestructuras, que
se reseñan en el anexo a la presente Orden, se describen como:
— Expropiación en pleno dominio: Para la ubicación de infraestructuras y su conservación. La superficie afectada depende de cada tipo de infraestructura.
— Ocupación temporal (OT): En esta zona, reflejada en los planos de afección, se
hará desaparecer temporalmente, todo obstáculo y sobre ella se realizarán todas
las obras y operaciones precisas, cuya duración está condicionada por la total ejecución del Proyecto de obra, restituyéndose a su estado inicial una vez finalizados
los trabajos.
Cuarto
La relación de bienes y derechos afectados que se adjunta, podrá examinarse durante quince (15) días, contados a partir del día siguiente a su notificación o, en su defecto, su publicación, en el Área de Expropiaciones de Canal de Isabel II, previa cita en el teléfono 915 451 000,
Extensiones 3391 y 3276, así como en las dependencias del Ayuntamiento del término municipal donde se ubiquen las parcelas afectadas.
Durante el período establecido, los interesados podrán formular cuantas alegaciones
estimen oportunas, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 LEF.
Se informa, conforme al artículo 14 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, que para
la realización de cualquier trámite del procedimiento expropiatorio:
1. Las personas físicas interesadas podrán elegir, en todo momento, si se van a comunicar con la Administración expropiante o con la entidad beneficiaria a través de medios
electrónicos o no; salvo que actúen en ejercicio de una actividad profesional para la que se
requiera colegiación obligatoria, en cuyo caso es obligatorio su uso.
2. En todo caso, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos, las
personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica, así como sus representantes, debidamente acreditados.
El formulario genérico podrá descargarse y tramitarse electrónicamente en el enlace
correspondiente del Portal institucional de la Comunidad de Madrid:
— https://gestionesytramites.madrid.org.
En el caso de personas físicas que no hayan optado por el uso de los medios electrónicos, una vez impreso y completado el formulario, se remitirá a la Oficina de Registro de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, calle Alcalá, número 16, 28014
Madrid, preferentemente, desde cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de otras administraciones, de representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, así como desde las oficinas de correos,
previo pago de la tarifa correspondiente en este último caso.
En Madrid, a 17 de marzo de 2025.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e
Interior, P. D. (Decreto 235/2023, de 6 de septiembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 213 de 7 de septiembre de 2023), el Director General de Suelo,
Ramón Cubián Martínez.
BOCM-20250325-38
Quinto
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 71
En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a
lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.
Segundo
La presente Orden será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en uno de los diarios de mayor difusión y comunicada a los Ayuntamientos en
cuyo término radiquen los bienes o derechos objeto de la expropiación, a efectos de su exposición en el tablón de anuncios. Asimismo, se publicará un anuncio en el “Boletín Oficial del Estado” para que sirva de notificación a los interesados desconocidos, de ignorado
domicilio, o a los que, intentada la notificación, ésta no se pueda practicar, de conformidad
a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero
Las afecciones que resultan necesarias para la ejecución del proyecto de obra y para
permitir y asegurar el posterior mantenimiento y conservación de las infraestructuras, que
se reseñan en el anexo a la presente Orden, se describen como:
— Expropiación en pleno dominio: Para la ubicación de infraestructuras y su conservación. La superficie afectada depende de cada tipo de infraestructura.
— Ocupación temporal (OT): En esta zona, reflejada en los planos de afección, se
hará desaparecer temporalmente, todo obstáculo y sobre ella se realizarán todas
las obras y operaciones precisas, cuya duración está condicionada por la total ejecución del Proyecto de obra, restituyéndose a su estado inicial una vez finalizados
los trabajos.
Cuarto
La relación de bienes y derechos afectados que se adjunta, podrá examinarse durante quince (15) días, contados a partir del día siguiente a su notificación o, en su defecto, su publicación, en el Área de Expropiaciones de Canal de Isabel II, previa cita en el teléfono 915 451 000,
Extensiones 3391 y 3276, así como en las dependencias del Ayuntamiento del término municipal donde se ubiquen las parcelas afectadas.
Durante el período establecido, los interesados podrán formular cuantas alegaciones
estimen oportunas, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 LEF.
Se informa, conforme al artículo 14 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, que para
la realización de cualquier trámite del procedimiento expropiatorio:
1. Las personas físicas interesadas podrán elegir, en todo momento, si se van a comunicar con la Administración expropiante o con la entidad beneficiaria a través de medios
electrónicos o no; salvo que actúen en ejercicio de una actividad profesional para la que se
requiera colegiación obligatoria, en cuyo caso es obligatorio su uso.
2. En todo caso, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos, las
personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica, así como sus representantes, debidamente acreditados.
El formulario genérico podrá descargarse y tramitarse electrónicamente en el enlace
correspondiente del Portal institucional de la Comunidad de Madrid:
— https://gestionesytramites.madrid.org.
En el caso de personas físicas que no hayan optado por el uso de los medios electrónicos, una vez impreso y completado el formulario, se remitirá a la Oficina de Registro de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, calle Alcalá, número 16, 28014
Madrid, preferentemente, desde cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de otras administraciones, de representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, así como desde las oficinas de correos,
previo pago de la tarifa correspondiente en este último caso.
En Madrid, a 17 de marzo de 2025.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e
Interior, P. D. (Decreto 235/2023, de 6 de septiembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 213 de 7 de septiembre de 2023), el Director General de Suelo,
Ramón Cubián Martínez.
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