Madrid (BOCM-20250324-53)
Régimen económico. Distrito de Retiro. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 70

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Retiro

Extracto del Decreto de 11 de marzo de 2025, de la concejal-presidenta del Distrito de
Retiro, por el que se convocan las subvenciones de fomento del asociacionismo para la
anualidad 2025 y la convocatoria anticipada para la anualidad 2026.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( www.pap.hacienda.gob.es ):
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base con sede social en el Distrito de Retiro que estén inscritas en la Sección 1.a en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos
Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de
mayo de 2017 (OBRGS).
Segundo. Objeto.—La finalidad de esta convocatoria de subvenciones es fortalecer
el tejido asociativo y promover la implicación activa de los ciudadanos en la vida comunitaria, contribuyendo a consolidar la continuidad y el crecimiento de las asociaciones, así
como a mejorar la cohesión social, el bienestar y la calidad de vida de los barrios.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos
de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de
Madrid, de 31 de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a la convocatoria ordinaria para el
año 2025 asciende a 100.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de Proyectos: 90.000 euros.
— Modalidad de Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios:
10.000 euros.
El importe total destinado a la convocatoria anticipada para el año 2026 asciende a 100.000
euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de Proyectos: 90.000 euros.
— Modalidad de Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios:
10.000 euros.
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto a los efectos de lo previsto en
el artículo 18.1 de la OBRGS, entendiéndose que queda de cuenta de la entidad beneficiaria
la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución del proyecto o actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Para la convocatoria ordinaria
de 2025, el plazo de presentación será de quince días hábiles, contados desde el siguiente a
la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la LGS.
Para la convocatoria anticipada de 2026, el plazo de presentación de solicitudes será
del 3 de noviembre al 24 de noviembre de 2025.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.

BOCM-20250324-53

BDNS (Identif.): 820248 y 820478