C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250324-21)
Mutación demanial – Orden de 28 de febrero de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se acuerda la aceptación de la modificación de la mutación demanial sin transferencia de titularidad, del inmueble ubicado en el paseo del Prado, número 30, de Madrid, con destino a un centro de salud
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 70
Dos.—Se modifica el párrafo 1 de la condición primera del Anexo 1, que queda redactado en los siguientes términos:
“La mutación demanial se produce sobre parte del inmueble sito en Paseo del Prado,
número 30, propiedad del Ayuntamiento de Madrid, en concreto de 1.758 metros cuadrados,
correspondientes al ala con acceso desde la calle Gobernador. Se adjuntan, como anexo 2,
planos con delimitación de la superficie afectada en las diferentes plantas”.
Tres.—Se incluye como condición quinta bis la siguiente:
“Quinta bis.—Obras integrales de consolidación, rehabilitación y ampliación del edificio.
Se ha constatado que el edificio requiere acometer unas obras integrales de consolidación, rehabilitación y ampliación, siendo el Ayuntamiento de Madrid quien las licitará y
ejecutará y ostentará la dirección facultativa de las mismas tramitando los incidentes contractuales que pudieran surgir durante la ejecución del contrato.
A tal efecto, la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio ha
redactado el proyecto de consolidación estructural, rehabilitación de envolvente y ampliación del edificio Paseo del Prado, número 30.
La finalidad del citado proyecto es definir y cuantificar los trabajos necesarios de arquitectura e instalaciones para la ejecución de las obras de consolidación estructural, rehabilitación de envolvente y ampliación del edificio, como punto de partida para poner en uso
el edificio como centro de salud (Comunidad de Madrid) y espacio cultural (Ayuntamiento de Madrid).
Las actuaciones principales que componen el proyecto son:
a) La consolidación y refuerzo estructural del edificio para la implantación futura de
dos nuevos usos.
b) La mejora del edificio en cuanto a accesibilidad y evacuación de incendios con
dos nuevos núcleos de comunicación.
c) La demolición de elementos para la recuperación del patio interior.
d) La ampliación del edificio en la planta superior que recupera la superficie del volumen demolido por la recuperación del patio.
e) La restauración y reparación de las fachadas protegidas.
f) La sustitución de las carpinterías exteriores por una similares con mejores prestaciones térmicas y acústicas.
g) La restauración del zaguán en planta baja y la escalera imperial que da acceso de
planta baja a planta primera.
h) La demolición de todos los elementos interiores (tabiquería, falsos techos, instalaciones, etc.) dejando el edificio en bruto para la futura implantación de usos.
El presupuesto económico del proyecto técnico para la consolidación estructural, rehabilitación de envolvente y ampliación del edificio sito en el paseo del Prado, número 30, asciende a 3.943.000,00 euros, IVA incluido.
Dicho coste se distribuye entre la parte de la obra que se ejecuta en la zona destinada
al centro de salud de la Comunidad de Madrid y la parte de la obra que se ejecuta sobre el
espacio cultural municipal, con arreglo a los siguientes porcentajes: Centro de salud de la
Comunidad de Madrid: 52 %. Centro cultural del Distrito de Centro: 48%.
Cada una de las administraciones deberá financiar el importe de la obra que se ejecuta en su superficie afectada en los porcentajes arriba indicados.
La aportación de la Comunidad de Madrid se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente titularidad del Ayuntamiento de Madrid, con cargo a la partida de
su presupuesto de gastos y contra la presentación por el Ayuntamiento de la certificación
final del contrato”.
Cuatro.—Se modifica el apartado 2 de la condición sexta, que queda redactado en los
siguientes términos:
“2. Una vez finalizadas las obras integrales del edificio previstas en la cláusula quinta, será obligación de la Comunidad de Madrid conservar la superficie afectada en buen estado, el mantenimiento de sus instalaciones y ejecutar a su costa todas las reparaciones y/o
sustituciones de cualquier carácter o naturaleza que fueren necesarias para servir a la actividad a la que se destina. Por tanto, todos los gastos derivados del uso, mantenimiento, reparación y/o sustitución del vuelo e instalaciones, así como aquellos que fueran necesarios
para adaptar la superficie afectada a la legislación o normativa vigente en cada momento
aplicable al uso dado serán por cuenta de la Comunidad de Madrid”.
BOCM-20250324-21
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 70
Dos.—Se modifica el párrafo 1 de la condición primera del Anexo 1, que queda redactado en los siguientes términos:
“La mutación demanial se produce sobre parte del inmueble sito en Paseo del Prado,
número 30, propiedad del Ayuntamiento de Madrid, en concreto de 1.758 metros cuadrados,
correspondientes al ala con acceso desde la calle Gobernador. Se adjuntan, como anexo 2,
planos con delimitación de la superficie afectada en las diferentes plantas”.
Tres.—Se incluye como condición quinta bis la siguiente:
“Quinta bis.—Obras integrales de consolidación, rehabilitación y ampliación del edificio.
Se ha constatado que el edificio requiere acometer unas obras integrales de consolidación, rehabilitación y ampliación, siendo el Ayuntamiento de Madrid quien las licitará y
ejecutará y ostentará la dirección facultativa de las mismas tramitando los incidentes contractuales que pudieran surgir durante la ejecución del contrato.
A tal efecto, la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio ha
redactado el proyecto de consolidación estructural, rehabilitación de envolvente y ampliación del edificio Paseo del Prado, número 30.
La finalidad del citado proyecto es definir y cuantificar los trabajos necesarios de arquitectura e instalaciones para la ejecución de las obras de consolidación estructural, rehabilitación de envolvente y ampliación del edificio, como punto de partida para poner en uso
el edificio como centro de salud (Comunidad de Madrid) y espacio cultural (Ayuntamiento de Madrid).
Las actuaciones principales que componen el proyecto son:
a) La consolidación y refuerzo estructural del edificio para la implantación futura de
dos nuevos usos.
b) La mejora del edificio en cuanto a accesibilidad y evacuación de incendios con
dos nuevos núcleos de comunicación.
c) La demolición de elementos para la recuperación del patio interior.
d) La ampliación del edificio en la planta superior que recupera la superficie del volumen demolido por la recuperación del patio.
e) La restauración y reparación de las fachadas protegidas.
f) La sustitución de las carpinterías exteriores por una similares con mejores prestaciones térmicas y acústicas.
g) La restauración del zaguán en planta baja y la escalera imperial que da acceso de
planta baja a planta primera.
h) La demolición de todos los elementos interiores (tabiquería, falsos techos, instalaciones, etc.) dejando el edificio en bruto para la futura implantación de usos.
El presupuesto económico del proyecto técnico para la consolidación estructural, rehabilitación de envolvente y ampliación del edificio sito en el paseo del Prado, número 30, asciende a 3.943.000,00 euros, IVA incluido.
Dicho coste se distribuye entre la parte de la obra que se ejecuta en la zona destinada
al centro de salud de la Comunidad de Madrid y la parte de la obra que se ejecuta sobre el
espacio cultural municipal, con arreglo a los siguientes porcentajes: Centro de salud de la
Comunidad de Madrid: 52 %. Centro cultural del Distrito de Centro: 48%.
Cada una de las administraciones deberá financiar el importe de la obra que se ejecuta en su superficie afectada en los porcentajes arriba indicados.
La aportación de la Comunidad de Madrid se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente titularidad del Ayuntamiento de Madrid, con cargo a la partida de
su presupuesto de gastos y contra la presentación por el Ayuntamiento de la certificación
final del contrato”.
Cuatro.—Se modifica el apartado 2 de la condición sexta, que queda redactado en los
siguientes términos:
“2. Una vez finalizadas las obras integrales del edificio previstas en la cláusula quinta, será obligación de la Comunidad de Madrid conservar la superficie afectada en buen estado, el mantenimiento de sus instalaciones y ejecutar a su costa todas las reparaciones y/o
sustituciones de cualquier carácter o naturaleza que fueren necesarias para servir a la actividad a la que se destina. Por tanto, todos los gastos derivados del uso, mantenimiento, reparación y/o sustitución del vuelo e instalaciones, así como aquellos que fueran necesarios
para adaptar la superficie afectada a la legislación o normativa vigente en cada momento
aplicable al uso dado serán por cuenta de la Comunidad de Madrid”.
BOCM-20250324-21
BOCM