B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250324-16)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la pérdida de derechos en las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Anatomía Patológica del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos
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BOCM
Pág. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 70
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se
procede a declarar la pérdida de derechos en las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Anatomía Patológica del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos.
Mediante Resolución de 16 de junio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, de 24 de junio) se convocaron pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Anatomía Patológica del Servicio Madrileño de Salud.
La base 4.1.a) de la Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se aprueban las bases generales y los baremos de méritos que han de regir las convocatorias de los procesos selectivos de personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud, derivados de las
ofertas de empleo público de la Comunidad de Madrid para los años 2018 y 2019 (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de junio), establece como requisito general de
participación en las pruebas selectivas “tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad legal de jubilación fijada en la normativa de Seguridad Social”.
A su vez, la base 4.1.f) de esta misma Resolución, dispone como requisito general, el
hecho de “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o
equivalente, cualquiera que sea su situación administrativa, conforme a lo establecido en el
Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de
equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización”.
Ambos requisitos generales de participación, al igual que el resto de los establecidos
en la base cuarta de la convocatoria, deberán reunirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta, en su caso, el
momento de la toma de posesión de la plaza adjudicada.
Se ha constatado que los aspirantes que se relacionan en el Anexo I de ésta Resolución,
o bien no cumplen el requisito de la base cuarta de la convocatoria en su apartado 4.1.a),
por exceder la edad de jubilación o bien, no cumplen el apartado 4.1.f) de la Resolución, ya
que poseen la condición de personal estatutario fijo en el Servicio Madrileño de Salud.
Vista la sentencia del Tribunal Supremo número 823/2021 sobre recurso de casación,
que fija como criterio interpretativo aplicable para la formación de jurisprudencia que en
los procedimientos no sancionadores que adoptan acuerdos restrictivos de derechos, la omisión del trámite de audiencia a la parte interesada carece de efecto invalidante cuando tal
omisión no produce indefensión real material. En los casos que se indican en esta resolución, ha quedado verificado el incumplimiento del requisito de edad, en un caso, y la toma
de posesión como personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Anatomía Patológica en el Servicio Madrileño de Salud en el resto, por lo que la omisión del trámite de audiencia establecido en la base novena de la convocatoria no produce
indefensión real material.
Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General en uso de las competencias que
tiene atribuidas en el artículo 7 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de octubre de 2023),
BOCM-20250324-16
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 70
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se
procede a declarar la pérdida de derechos en las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Anatomía Patológica del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos.
Mediante Resolución de 16 de junio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, de 24 de junio) se convocaron pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Anatomía Patológica del Servicio Madrileño de Salud.
La base 4.1.a) de la Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se aprueban las bases generales y los baremos de méritos que han de regir las convocatorias de los procesos selectivos de personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud, derivados de las
ofertas de empleo público de la Comunidad de Madrid para los años 2018 y 2019 (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de junio), establece como requisito general de
participación en las pruebas selectivas “tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad legal de jubilación fijada en la normativa de Seguridad Social”.
A su vez, la base 4.1.f) de esta misma Resolución, dispone como requisito general, el
hecho de “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o
equivalente, cualquiera que sea su situación administrativa, conforme a lo establecido en el
Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de
equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización”.
Ambos requisitos generales de participación, al igual que el resto de los establecidos
en la base cuarta de la convocatoria, deberán reunirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta, en su caso, el
momento de la toma de posesión de la plaza adjudicada.
Se ha constatado que los aspirantes que se relacionan en el Anexo I de ésta Resolución,
o bien no cumplen el requisito de la base cuarta de la convocatoria en su apartado 4.1.a),
por exceder la edad de jubilación o bien, no cumplen el apartado 4.1.f) de la Resolución, ya
que poseen la condición de personal estatutario fijo en el Servicio Madrileño de Salud.
Vista la sentencia del Tribunal Supremo número 823/2021 sobre recurso de casación,
que fija como criterio interpretativo aplicable para la formación de jurisprudencia que en
los procedimientos no sancionadores que adoptan acuerdos restrictivos de derechos, la omisión del trámite de audiencia a la parte interesada carece de efecto invalidante cuando tal
omisión no produce indefensión real material. En los casos que se indican en esta resolución, ha quedado verificado el incumplimiento del requisito de edad, en un caso, y la toma
de posesión como personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Anatomía Patológica en el Servicio Madrileño de Salud en el resto, por lo que la omisión del trámite de audiencia establecido en la base novena de la convocatoria no produce
indefensión real material.
Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General en uso de las competencias que
tiene atribuidas en el artículo 7 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de octubre de 2023),
BOCM-20250324-16
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