Villalbilla (BOCM-20250321-61)
Organización y funcionamiento. Reglamento Utilización Instalaciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE MARZO DE 2025



B.O.C.M. Núm. 68

No se permite comer ni fumar en la pista y sus espacios deportivos, ni en los graderíos.


Se evitará en la medida de lo posible la introducción de bebidas y refrescos en la zona de la
pista deportiva. Queda expresamente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en todo el
recinto deportivo (excepto en los eventos en que expresamente se autorice, por parte del
Ayuntamiento de Villalbilla).


Por razones de convivencia quedan prohibidos los juegos molestos o peligrosos.


Se utilizará el adecuado calzado deportivo, acorde a la calidad del suelo, y vestido deportivo
conveniente.

En las horas y días de competición permanecerán cerradas las pistas para los usuarios que
no tomen parte en ellas, en los horarios indicados convenientemente.

No podrán practicarse en ellas otros deportes que los específicos sin el consentimiento
expreso de los encargados de la instalación.

No podrán introducirse elementos, deportivos o no, que perjudiquen o dañen el pavimento
deportivo.

Los auxiliares o acompañantes de los deportistas deberán abstenerse de utilizar calzado de
calle.

Art. 32. Campos deportivos grandes de superficie natural o artificial
En beneficio del buen uso deportivo, comodidad y disfrute de quienes desean utilizar los campos
grandes municipales, así como para facilitar el imprescindible mantenimiento de estos, son de
aplicación las siguientes normas mínimas:

El respeto a las instalaciones y todos sus elementos evitando roturas, malos usos,
desperfectos, etcétera.


No se permite comer ni fumar en el terreno de juego y sus espacios deportivos colindantes.


Queda expresamente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en todo el recinto
deportivo (excepto en los eventos en que expresamente se autorice, por parte del Ayuntamiento de
Villalbilla).


Por razones de convivencia quedan prohibidos los juegos molestos o peligrosos.


Se respetarán las normas de mantenimiento del terreno en lo que se refiere a segado,
abonado, sembrado, regado, marcaje de este, etcétera.

Se utilizará el adecuado calzado para la práctica de cada deporte y vestido deportivo
conveniente En ningún caso podrá realizarse la práctica deportiva sin camiseta o con el torso
desnudo.

Los días de partido, oficial o amistoso, permanecerá cerrado para los restantes usuarios, en
los horarios que se indicarán convenientemente, al objeto de que estado sea el mejor posible al
comienzo de este.

En beneficio del buen uso deportivo, comodidad y disfrute de quienes desean utilizar las pistas
polideportivas, así como para facilitar el imprescindible mantenimiento de esta, son de aplicación
las siguientes normas mínimas:

33.1. Son instalaciones deportivas elementales aquellos espacios abiertos al uso público, ubicados
en zonas de dominio público cuya titularidad o gestión corresponda al Ayuntamiento de Villalbilla, y
habilitados para la práctica de actividades deportivas.

BOCM-20250321-61

Art. 33. Instalaciones deportivas elementales (pistas de barrio)