B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250320-3)
Resolución proceso selectivo – Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, mediante la que se efectúa una corrección de errores de la Resolución de 10 de octubre de 2024, de dicho centro directivo, por la que se resuelven las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de titulado Medio Educador (Grupo II, Nivel 7, Área C) de la Comunidad de Madrid, y se procede a la adjudicación de destinos correspondiente a las citadas pruebas
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 67
JUEVES 20 DE MARZO DE 2025
Pág. 19
Debe decir:
Nº
ORDEN
APELLIDOS Y NOMBRE
228
(*)
GONZALEZ ITURRASPE, MARINA
DNI
TURNO/
CUPO (*)
FASE
OPOSICIÓN
FASE
CONCURSO
PUNTUACIÓN FINAL
(PONDERADA)
***8840**
L
14,24
6,6
10,802
L = Turno Libre
LD = Turno Libre, Cupo de Discapacidad
— En consonancia con lo expuesto, las aspirantes que se citan de inmediato habrán
de ocupar, en dicha relación, los números de orden incluidos entre el 229 y el 232,
tal y como se hace constar seguidamente:
Nº
ORDEN
(*)
APELLIDOS Y NOMBRE
DNI
TURNO/
CUPO (*)
FASE
OPOSICIÓN
FASE
CONCURSO
PUNTUACIÓN FINAL
PONDERADA)
10,7845
229
JOVER MICO, CLARA
***2653**
L
15,19
5,4
230
ESCUDERO FERNANDEZ, VANESA
***4636**
L
11,62
9,5
10,666
231
SANCHIDRIAN MATESANZ, JEZABEL
***7921**
L
11,23
9,8
10,5865
232
DE LA LLAVE REDONDO, MARIA DE LA PAZ
***6473**
L
12,21
8,6
10,5855
L = Turno Libre
LD = Turno Libre, Cupo de Discapacidad
Segundo
Tercero
1. De conformidad con lo dispuesto en los apartados sexto y noveno de la base decimocuarta de la aludida Orden 913/2019, de 26 de marzo, en consonancia con lo previsto,
igualmente, en la base décima de la indicada Orden 469/2021, de 15 de octubre, pierden el
derecho a la adjudicación de un puesto de trabajo de la categoría profesional de Titulado
Medio Educador (Grupo II, Nivel 7, Área C), de la Comunidad de Madrid, por no aportar
BOCM-20250320-3
1. Adjudicar destinos, en los términos contemplados en la presente Resolución, a las
personas que han superado el expresado proceso selectivo y que se relacionan en el Anexo
de la misma, tras verificarse la observancia por aquéllas de las condiciones para concurrir
a las ya reiteradas pruebas, y constatarse, además, que las modificaciones anteriormente
mencionadas en el apartado primero no alteran el destino a asignar a las aspirantes afectadas, resultante de la prelación de puestos de trabajo formulada por cada una de ellas en su
correspondiente solicitud de elección.
2. Por la unidad responsable de personal de la Consejería u Organismo Autónomo de
destino, se procederá a la formalización de los correspondientes contratos con las personas adjudicatarias, debiendo esa unidad dar cumplimiento, igualmente, a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al
servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos
y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público.
3. A los efectos descritos, y de acuerdo con lo determinado en el apartado segundo
de la base decimoquinta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 79, de 3 de abril), por la que se aprueban las bases generales por las que
se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al
servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, las personas recogidas en el señalado Anexo habrán de personarse en la subdirección general o unidad de personal de la
Consejería u Organismo Autónomo al que se encuentra adscrita la plaza adjudicada, en el
plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta
Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con objeto de proceder a la formalización del pertinente contrato de trabajo, debiendo ir provistas de su Documento Nacional de Identidad o equivalente, documento de afiliación a la Seguridad Social,
así como de un certificado o justificante de los datos de su cuenta bancaria.
4. En su caso, cualquier información adicional a la contenida en la presente
Resolución se encontrará disponible en el trámite referente a este proceso selectivo
publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es:
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/educador-3, así como en la página web:
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/titulado-medio-educador-estabilizacion
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 67
JUEVES 20 DE MARZO DE 2025
Pág. 19
Debe decir:
Nº
ORDEN
APELLIDOS Y NOMBRE
228
(*)
GONZALEZ ITURRASPE, MARINA
DNI
TURNO/
CUPO (*)
FASE
OPOSICIÓN
FASE
CONCURSO
PUNTUACIÓN FINAL
(PONDERADA)
***8840**
L
14,24
6,6
10,802
L = Turno Libre
LD = Turno Libre, Cupo de Discapacidad
— En consonancia con lo expuesto, las aspirantes que se citan de inmediato habrán
de ocupar, en dicha relación, los números de orden incluidos entre el 229 y el 232,
tal y como se hace constar seguidamente:
Nº
ORDEN
(*)
APELLIDOS Y NOMBRE
DNI
TURNO/
CUPO (*)
FASE
OPOSICIÓN
FASE
CONCURSO
PUNTUACIÓN FINAL
PONDERADA)
10,7845
229
JOVER MICO, CLARA
***2653**
L
15,19
5,4
230
ESCUDERO FERNANDEZ, VANESA
***4636**
L
11,62
9,5
10,666
231
SANCHIDRIAN MATESANZ, JEZABEL
***7921**
L
11,23
9,8
10,5865
232
DE LA LLAVE REDONDO, MARIA DE LA PAZ
***6473**
L
12,21
8,6
10,5855
L = Turno Libre
LD = Turno Libre, Cupo de Discapacidad
Segundo
Tercero
1. De conformidad con lo dispuesto en los apartados sexto y noveno de la base decimocuarta de la aludida Orden 913/2019, de 26 de marzo, en consonancia con lo previsto,
igualmente, en la base décima de la indicada Orden 469/2021, de 15 de octubre, pierden el
derecho a la adjudicación de un puesto de trabajo de la categoría profesional de Titulado
Medio Educador (Grupo II, Nivel 7, Área C), de la Comunidad de Madrid, por no aportar
BOCM-20250320-3
1. Adjudicar destinos, en los términos contemplados en la presente Resolución, a las
personas que han superado el expresado proceso selectivo y que se relacionan en el Anexo
de la misma, tras verificarse la observancia por aquéllas de las condiciones para concurrir
a las ya reiteradas pruebas, y constatarse, además, que las modificaciones anteriormente
mencionadas en el apartado primero no alteran el destino a asignar a las aspirantes afectadas, resultante de la prelación de puestos de trabajo formulada por cada una de ellas en su
correspondiente solicitud de elección.
2. Por la unidad responsable de personal de la Consejería u Organismo Autónomo de
destino, se procederá a la formalización de los correspondientes contratos con las personas adjudicatarias, debiendo esa unidad dar cumplimiento, igualmente, a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al
servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos
y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público.
3. A los efectos descritos, y de acuerdo con lo determinado en el apartado segundo
de la base decimoquinta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 79, de 3 de abril), por la que se aprueban las bases generales por las que
se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al
servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, las personas recogidas en el señalado Anexo habrán de personarse en la subdirección general o unidad de personal de la
Consejería u Organismo Autónomo al que se encuentra adscrita la plaza adjudicada, en el
plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta
Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con objeto de proceder a la formalización del pertinente contrato de trabajo, debiendo ir provistas de su Documento Nacional de Identidad o equivalente, documento de afiliación a la Seguridad Social,
así como de un certificado o justificante de los datos de su cuenta bancaria.
4. En su caso, cualquier información adicional a la contenida en la presente
Resolución se encontrará disponible en el trámite referente a este proceso selectivo
publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es:
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/educador-3, así como en la página web:
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/titulado-medio-educador-estabilizacion