Fuenlabrada (BOCM-20250320-69)
Régimen económico. Patronato Municipal de Deportes. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 67
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE MARZO DE 2025
Pág. 223
BOCM-20250320-69
Quinto. Plazo presentación solicitudes.—Se establece como plazo de 15 días hábiles desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las entidades y clubes deportivos interesados deberán presentar la solicitud y documentos detallados en el artículo 4 de la presente convocatoria de subvención, preferiblemente a
través de sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en el registro auxiliar del PMD,
o bien a través de los registros y medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015.
Sexto. Pago.—En el caso de las subvenciones cuya concesión definitiva que quede
aprobada antes del 1 de noviembre de 2025, se establecerá un solo pago anticipado del 100 %
del importe, previo a la justificación.
En el caso de las subvenciones cuya concesión definitiva se apruebe entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2025, el pago efectivo se realizará tras la justificación del
importe total concedido.
Séptimo. Justificación.—Para la justificación, se establece como fecha máxima de
presentación el 15 de octubre de 2025 (en el caso de subvencionar la temporada 2024/2025)
y el 31 de enero de 2026 (en el caso de subvencionar el ejercicio 2025) y el mediante la documentación requerida en la convocatoria (art. 13).
Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este
acto agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículos 8 y 10
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta notificación.
Sin perjuicio de lo anterior, podrá, con carácter potestativo, interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, podrá utilizar cualquier otro recurso previsto en la Ley que a su derecho
interese.
La interposición de los recursos mencionados no suspende, por sí sola, la ejecución del
acto administrativo.
Fuenlabrada, a 17 de marzo de 2025.—El vicepresidente del Patronato Municipal de
Deportes, Juan Agustín Domínguez San Andrés.
(03/4.316/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Quinto. Plazo presentación solicitudes.—Se establece como plazo de 15 días hábiles desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las entidades y clubes deportivos interesados deberán presentar la solicitud y documentos detallados en el artículo 4 de la presente convocatoria de subvención, preferiblemente a
través de sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en el registro auxiliar del PMD,
o bien a través de los registros y medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015.
Sexto. Pago.—En el caso de las subvenciones cuya concesión definitiva que quede
aprobada antes del 1 de noviembre de 2025, se establecerá un solo pago anticipado del 100 %
del importe, previo a la justificación.
En el caso de las subvenciones cuya concesión definitiva se apruebe entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2025, el pago efectivo se realizará tras la justificación del
importe total concedido.
Séptimo. Justificación.—Para la justificación, se establece como fecha máxima de
presentación el 15 de octubre de 2025 (en el caso de subvencionar la temporada 2024/2025)
y el 31 de enero de 2026 (en el caso de subvencionar el ejercicio 2025) y el mediante la documentación requerida en la convocatoria (art. 13).
Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este
acto agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículos 8 y 10
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta notificación.
Sin perjuicio de lo anterior, podrá, con carácter potestativo, interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, podrá utilizar cualquier otro recurso previsto en la Ley que a su derecho
interese.
La interposición de los recursos mencionados no suspende, por sí sola, la ejecución del
acto administrativo.
Fuenlabrada, a 17 de marzo de 2025.—El vicepresidente del Patronato Municipal de
Deportes, Juan Agustín Domínguez San Andrés.
(03/4.316/25)
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