D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250319-27)
Oficinas de farmacia –  Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, por la que se continúa la aplicación de la Resolución de 21 de septiembre de 2022 y siguientes, por la que se autoriza la apertura de nuevas oficinas de farmacia en las zonas farmacéuticas recogidas en la Resolución de 6 de septiembre de 2021, por la que se establecen las bases de la convocatoria del concurso público para la autorización de nuevas oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 114

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 66

Décimo segundo
Tal y como se indicaba en los resuelvo séptimo y octavo de la referida Resolución de 21 de
septiembre de 2022, mediante la presente Resolución, que se dicta como continuación del
procedimiento, una vez agotados los plazos para la constitución de garantía y designación
de local de los que les preceden con mayor puntuación y teniendo en cuenta las renuncias
presentadas, se comunican, los farmacéuticos y la zona farmacéutica para la que han resultado definitivamente autorizados, así como los farmacéuticos provisionalmente adjudicatarios para la apertura de nuevas oficinas de farmacia, en las zonas farmacéuticas, en base al
orden de prelación establecido en sus solicitudes a efectos de que pueda iniciarse por los
farmacéuticos definitivamente autorizados la constitución de garantía y posterior designación de local.
Décimo tercero
Esta Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria es competente para tramitar y resolver los procedimientos en materia de autorizaciones de apertura de nuevas oficinas de farmacia en el ámbito de la Comunidad de Madrid, conforme a las atribuciones
conferidas por el artículo 6 del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, por lo que,
en su virtud,
RESUELVO
Primero
Hacer público en el Anexo I de la presente Resolución los farmacéuticos provisionalmente autorizados de acuerdo a la Resolución de 1 de agosto de 2024, que ha renunciado a
su derecho a la autorización otorgada, habiendo presentado renuncia expresa a su participación en la convocatoria.
Segundo
Hacer público en el Anexo II los farmacéuticos autorizados y los farmacéuticos provisionalmente adjudicatarios en orden de puntuación de acuerdo a la Resolución de 21 de septiembre de 2022, a los efectos de continuar el procedimiento de autorización de nuevas oficinas de farmacia.
Tercero
Al ser la presente Resolución continuación de la aplicación de la Resolución de 21 de
septiembre de 2022, de la Dirección General de Inspección, Ordenación y Estrategia Sanitaria en la ejecución del procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de
farmacia, y no modificarse el orden en el que los farmacéuticos resultan autorizados en cada
zona farmacéutica si no por razón de renuncia de los inicialmente autorizados a ello y que
son los que constan en el Anexo I de la presente Resolución, serán de aplicación a todos los
efectos, los resuelvos primero, segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto de dicha Resolución
que se dan por reproducidos en esta.

La presente Resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en la página web de la Consejería de Sanidad ( www.comunidad.madrid ) y en el
tablón de anuncios de la sede física de la Consejería de Sanidad, sito en la calle Aduana,
número 29, planta baja.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, salvo en lo que se refiere a las puntuaciones otorgadas a los adjudicatarios en la anteriormente citada Resolución
de 21 de septiembre de 2022 y que ya han sido objeto de recurso, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Viceconsejería de Sanidad en el plazo de un mes a partir del
día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 4 de marzo de 2025.—La Directora General de Inspección y Ordenación Sanitaria, María del Pilar Jimeno Alcalde.

BOCM-20250319-27

Cuarto