D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250319-60)
Convenio –  Resolución de 3 de marzo de 2025, por incumplimiento del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Collado Villalba, para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (s20_s21_s22_s33_s65)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 66

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MARZO DE 2025

Pág. 159

Segundo
Que en fecha 13 febrero de 2025 el Ayuntamiento de Collado Villalba solicita mediante
escrito firmado por su Alcaldesa con fecha 11 de febrero de 2025 la extinción del convenio.
Tercero
Que la cláusula decimocuarta de dicho convenio, prevé que se extinguirá, cuando concurra cualquiera de las causas recogidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto
Que el artículo 51.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece que es causa de resolución de los convenios el incumplimiento de las
obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, y a tal efecto,
ACUERDAN
Primero
Resolución
Proceder a la resolución del mencionado convenio debido a un incumplimiento por
parte de la entidad local, según lo establecido en la cláusula decimocuarta del mismo, mediante la firma del presente documento.
Segundo
Reintegro
1. De acuerdo con lo previsto en los anexos I y II del convenio la aportación económica de la Comunidad de Madrid para la anualidad 2022 fue abonada al 100 % mediante
anticipo una vez formalizado el convenio, en la siguiente fecha:
— C22.I2. P03 con fecha de abono 26 de octubre de 2022.
— C22.I3. P06 con fecha de abono 26 de octubre de 2022.
En virtud de la cláusula séptima del convenio suscrito la Comunidad de Madrid realizará la oportuna regularización de las cantidades percibidas y no justificadas por la entidad
local, mediante el reintegro de las cantidades indebidamente justificadas.
Como consecuencia de la extinción del convenio, el Ayuntamiento de Collado Villalba procederá al reintegro de la aportación de la Comunidad de Madrid en el plazo de un mes
desde que se hubiera aprobado la liquidación, conforme a lo siguiente:
LÍNEA DE INVERSIÓN/PROYECTO
C22.I2. P03

2022
51.392,43 €
116.209,12 €

TOTAL REINTEGRO

167.601,55 €

2. En el caso de que se proceda al reintegro de las cantidades reseñadas en período
voluntario, no conllevaría el abono de interés alguno para la Entidad Local.
3. No obstante, conforme al artículo 52.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y tras el vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario, sin haber satisfecho el importe a reintegrar, y de no concurrir ninguna de las circunstancias
establecidas en los artículos 65 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se iniciará el período ejecutivo y se procederá a su exacción, incrementado, en su caso, con
el pertinente interés de demora más el recargo del período ejecutivo que corresponda.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
documento de Resolución del convenio de colaboración. En el caso de que el convenio sea
firmado electrónicamente, su fecha será la correspondiente a la firma de la Comunidad de
Madrid o en ausencia de fecha en el pie de firma, a la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 3 de marzo de 2025.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—La Alcaldesa del Ayuntamiento de Collado Villalba, M.a Dolores Vargas Fernández.
(03/3.693/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20250319-60

C22.I3. P06