B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250318-3)
Resolución proceso selectivo – Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Auxiliar Administrativo (Grupo IV, Nivel 3, Área A) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 65
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE MARZO DE 2025
Pág. 21
nos que, en su caso corresponda, mediante resolución que será objeto de debida publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
De acuerdo con lo establecido en el apartado decimoquinto.2 de la citada Orden 913/2019,
de 26 de marzo, por las unidades responsables de personal de las Consejerías, Organismos
o Entes de destino de los aspirantes seleccionados, se procederá a la formalización de los
contratos en el plazo establecido de forma expresa en la resolución de adjudicación de destinos, de acuerdo, con quienes hayan resultado adjudicatarios, debiendo dichas unidades dar
cumplimiento, con carácter previo a la firma de aquellos, a lo establecido en el artículo 13
del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y
Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público.
Quinto
BOCM-20250318-3
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de
Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de
la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la
mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En Madrid, a 5 de marzo de 2025.—La Directora General de Función Pública, María
José Esteban Raposo.
B.O.C.M. Núm. 65
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE MARZO DE 2025
Pág. 21
nos que, en su caso corresponda, mediante resolución que será objeto de debida publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
De acuerdo con lo establecido en el apartado decimoquinto.2 de la citada Orden 913/2019,
de 26 de marzo, por las unidades responsables de personal de las Consejerías, Organismos
o Entes de destino de los aspirantes seleccionados, se procederá a la formalización de los
contratos en el plazo establecido de forma expresa en la resolución de adjudicación de destinos, de acuerdo, con quienes hayan resultado adjudicatarios, debiendo dichas unidades dar
cumplimiento, con carácter previo a la firma de aquellos, a lo establecido en el artículo 13
del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y
Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público.
Quinto
BOCM-20250318-3
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de
Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de
la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la
mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En Madrid, a 5 de marzo de 2025.—La Directora General de Función Pública, María
José Esteban Raposo.