Villaviciosa de Odón (BOCM-20250318-75)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 65

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE MARZO DE 2025

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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VILLAVICIOSA DE ODÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público el decreto de Alcaldía-Presidencia
número 2025/823, de 25 de febrero de 2025, por el que se delega la competencia para comparecer en nombre del Ayuntamiento al otorgamiento de Escritura pública de enajenación
de suelo, del siguiente tenor literal:
“DECRETO DE LA ALCALDÍA PRESIDENCIA
1. Estando previsto el próximo 27 de febrero de 2025 la formalización de escritura
pública de enajenación de la cuota indivisa del suelo de la parcela de titularidad municipal
sita en la calle Juan Ramón Jiménez, número 2, a favor de uno de los interesados relacionados en la resolución 2025/166, del día 16 de enero de 2025, del concejal-delgado de Vivienda, Transporte, Movilidad y Atención al Ciudadano; así como se formalizarán también,
ese mismo día 27 de febrero de 2025, las escrituras públicas de compraventa de las parcelas M8-P1 y M10-P1 del sector UZ 1 2, 3 Monte de la Villa, es posible que el alcalde, por
motivos de agenda, no pueda comparecer a dichos actos el día 27 de febrero, por lo que se
considera oportuno tramitar la correspondiente delegación de competencias en este sentido
a favor del concejal-delegado del área de Vivienda, Transporte y Atención al Ciudadano,
D. Imanol Fernández Gama.
2. Según el artículo 21.3 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, el alcalde podrá delegar atribuciones de su competencia.
Por lo expuesto, en ejercicio de las competencias de esta Alcaldía:
RESUELVO

1. El ejercicio de las competencias por delegación deberá hacerse constar en las resoluciones que se dicten, de acuerdo con el artículo 9 Ley 40/2015, de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público (LRJSP).
2. Según el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, la Alcaldía conserva la facultad de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los actos y disposiciones emanados en virtud de la delegación, y la de ser informada previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
3. La Alcaldía podrá revocar en cualquier momento las delegaciones efectuadas siguiendo las mismas formalidades aplicadas para otorgarlas.
4. La Alcaldía podrá avocar en cualquier momento el ejercicio de la competencia delegada para actos concretos, sin que ello implique la revocación de la delegación conferida, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 40/2015.
5. Corresponderá a la Alcaldía resolver las dudas que surjan sobre la aplicación de
esta resolución, y, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, resolver los
conflictos positivos o negativos de competencias que puedan plantearse entre los órganos
delegados sobre el ejercicio de una determinada función.

BOCM-20250318-75

Primero.–Delegar en favor del concejal D. Imanol Fernández Gama, delegado del área
de Vivienda, Transporte y Atención al Ciudadano, la facultad de comparecer y firmar el
otorgamiento, en nombre y representación del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, de
la escritura pública de enajenación del suelo de la calle Juan Ramón Jiménez, número 2 prevista para su formalización el día 27 de febrero de 2025, y de las escrituras públicas de compraventa de las parcelas M8-P1 y M10-PI del sector UZ 1, 2, 3 Monte de la Villa, cuyo otorgamiento está previsto para igual fecha.
Segundo.—La delegación queda sujeta al siguiente régimen jurídico: