D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250317-44)
Plan especial infraestructuras –  Acuerdo 112/2024, de 19 de diciembre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras de las plantas fotovoltaicas “Majuelo y Pradonuevo” e infraestructuras de evacuación, en los municipios de Valdemoro y San Martín de la Vega, promovido por Generación Fotovoltaica Las Vertientes, S. L. U., y Generación Fotovoltaica El Páramo, S. L. U.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 64

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE MARZO DE 2025

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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
— Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español. Subdirección
General de Patrimonio Histórico. Artículo 37.3 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo,
de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.
— Dirección General de Carreteras. Artículo 22 de la Ley 3/1991, de 7 de marzo, de
Carreteras de la Comunidad de Madrid.
Ministerio de Transformación Digital.
— Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual. Subdirección General de Operadores de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales. Artículo 50.2 de la Ley 11/2022, de 28 de junio,
General de Telecomunicaciones.
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Subdirección General de Producción Agroalimentaria, Área de Vías Pecuarias. Artículo 25 de la
Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.
— Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal: Artículo 42 de la Ley
16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid.
— Canal de Isabel II. Artículo 189 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
— Dirección General de Reequilibrio Territorial. Artículo 122.3 de la Ley 2/2003, de
11 de marzo de la Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Quinto
Dar traslado del acuerdo a Unión Fenosa Distribución Electricidad, S. A., I-DE Redes
Eléctricas Inteligentes, S. A. U. y Nedgia, S. A., para su conocimiento e informe, de conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al figurar entre los organismos afectados por
las obras del Plan Especial, otorgándole al efecto el plazo de un mes de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio.
Sexto
Remitir el Documento Ambiental Estratégico (DAE) y el Plan Especial a la Subdirección General de Estrategia y Calidad del Aire de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, al
objeto de iniciar el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada conforme a lo dispuesto en los artículos 29 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de Evaluación Ambiental y en la disposición transitoria primera de la Ley 4/2014, de 22 de
diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
Séptimo

Octavo
Suspender en el ámbito de actuación del Plan Especial la tramitación de instrumentos de ordenación cuando sean disconformes con el planeamiento propuesto, así como los
procedimientos de ejecución o intervención urbanística que pudieran resultar afectadas
por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la cita-

BOCM-20250317-44

Dar traslado del expediente a los Ayuntamientos de Valdemoro y San Martín de la
Vega, al ser los municipios afectados por el presente Plan Especial, para su conocimiento e
informe, el cual se emitirá en el plazo máximo de un mes, todo ello de conformidad con el
artículo 59.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio.