D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250317-46)
Estatutos federación deportiva – Orden 605/2025, de 4 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se dispone la aprobación de la modificación de los Estatutos de la Federación Madrileña de Halterofilia, su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 64
LUNES 17 DE MARZO DE 2025
Pág. 199
ANEXO
MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN
MADRILEÑA DE HALTEROFILIA
Artículo 3.o
Las distintas disciplinas deportivas, dentro de las dos especialidades mencionadas en
el artículo 2, cuya práctica y desarrollo compete a la Federación Madrileña de Halterofilia,
son las siguientes:
— Respecto a la especialidad de Halterofilia: Arrancada, Dos Tiempos y Total Olímpico.
— Respecto a la especialidad de Powerlifting: Powerlifting, Sentadilla, Press de Banca
y Peso Muerto.
Artículo 4.o
La Federación Madrileña de Halterofilia, es una entidad utilidad pública, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 1.5 del Decreto 159/1996, y además de sus propias atribuciones ejerce, por delegación, funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este
caso como agente colaborador de la Administración Pública.
Como entidad cuyo objeto es la práctica y promoción del deporte y especialidades deportivas descritas en el Artículo 3, atenderá al desarrollo de sus disciplinas deportivas de
conformidad con la normativa de la Comunidad de Madrid y la de los organismos deportivos nacionales e internacionales que rigen dicho deporte, así como el desarrollo de planes
de investigación y actividades de formación y enseñanza, incluidas las ciencias del deporte aplicadas a la Halterofilia.
Artículo 5.o
El domicilio de la Federación se fija en Madrid, C/ Numancia 2, L1, 28039. Cualquier
modificación de este domicilio deberá ser acordada por la Asamblea General y será comunicada en el plazo de diez días al Registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad de
Madrid, en forma reglamentaria.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor
BOCM-20250317-46
Los presentes Estatutos, así como sus modificaciones, una vez aprobados por la Asamblea General de esta federación, serán inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la
Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid entrando en vigor a partir del día
siguiente al de la notificación. Asimismo, los estatutos estarán permanentemente accesibles
en la web de la federación, sin perjuicio de cualquier otro medio que asegure su publicidad.
(03/3.565/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 64
LUNES 17 DE MARZO DE 2025
Pág. 199
ANEXO
MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN
MADRILEÑA DE HALTEROFILIA
Artículo 3.o
Las distintas disciplinas deportivas, dentro de las dos especialidades mencionadas en
el artículo 2, cuya práctica y desarrollo compete a la Federación Madrileña de Halterofilia,
son las siguientes:
— Respecto a la especialidad de Halterofilia: Arrancada, Dos Tiempos y Total Olímpico.
— Respecto a la especialidad de Powerlifting: Powerlifting, Sentadilla, Press de Banca
y Peso Muerto.
Artículo 4.o
La Federación Madrileña de Halterofilia, es una entidad utilidad pública, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 1.5 del Decreto 159/1996, y además de sus propias atribuciones ejerce, por delegación, funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este
caso como agente colaborador de la Administración Pública.
Como entidad cuyo objeto es la práctica y promoción del deporte y especialidades deportivas descritas en el Artículo 3, atenderá al desarrollo de sus disciplinas deportivas de
conformidad con la normativa de la Comunidad de Madrid y la de los organismos deportivos nacionales e internacionales que rigen dicho deporte, así como el desarrollo de planes
de investigación y actividades de formación y enseñanza, incluidas las ciencias del deporte aplicadas a la Halterofilia.
Artículo 5.o
El domicilio de la Federación se fija en Madrid, C/ Numancia 2, L1, 28039. Cualquier
modificación de este domicilio deberá ser acordada por la Asamblea General y será comunicada en el plazo de diez días al Registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad de
Madrid, en forma reglamentaria.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor
BOCM-20250317-46
Los presentes Estatutos, así como sus modificaciones, una vez aprobados por la Asamblea General de esta federación, serán inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la
Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid entrando en vigor a partir del día
siguiente al de la notificación. Asimismo, los estatutos estarán permanentemente accesibles
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(03/3.565/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791