D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250315-11)
Convenio – Convenio de colaboración de 17 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Aranjuez, para la expedición del “Carné Joven Comunidad de Madrid”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 63
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE MARZO DE 2025
Pág. 111
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
11
CONVENIO de colaboración de 17 de febrero de 2025, entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el
Ayuntamiento de Aranjuez, para la expedición del “Carné Joven Comunidad de
Madrid”.
REUNIDOS
De una parte, D.a Laura Castilla Rodríguez, Directora General de Juventud de la Comunidad de Madrid, nombrada en virtud del Decreto 167/2023, de 5 de julio, del Consejo
de Gobierno, en relación con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid, y en relación con el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de
la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Miguel Gómez Herrero, Alcalde del Ayuntamiento de Aranjuez, en virtud
de su nombramiento realizado por Acuerdo del Pleno celebrado el día 21 de junio de 2024.
INTERVIENEN
La primera, en representación de la Comunidad de Madrid en virtud de la delegación
de competencias establecida en el dispongo quinto apartado a) de la Orden 3147/2023, de 5
de diciembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que delega
el ejercicio de competencias en diferentes órganos de la Consejería y se desconcentran las
competencias en materia de Protectorado de Fundaciones. Todo ello de conformidad con el
artículo 9 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
El segundo, en nombre y representación del Ayuntamiento de Aranjuez de conformidad con el apartado b) del punto 1 del artículo 21 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, a través de la Dirección General de Juventud, en ejercicio de sus competencias de coordinación de la política regional
con las administraciones locales en materia de juventud viene desarrollando una tarea de
motivación e impulso de políticas integrales hacia los jóvenes madrileños.
Con este fin se viene desarrollando el Programa “Carné Joven Comunidad de Madrid”,
cuyo objetivo es, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de las Ley 8/2002, de 27 de
noviembre, de Juventud de la Comunidad de Madrid, poner a disposición de los jóvenes de
14 a 30 años, mediante el Carné Joven Comunidad de Madrid, el acceso a servicios de carácter cultural, deportivo, turístico, recreativo, formativo, asistencial, tecnológico y social,
con importantes descuentos y posibles ventajas financieras reservadas a sus usuarios.
En virtud de la citada Ley, la Comunidad de Madrid cooperará con cuantas Instituciones Públicas sean competentes en materia de juventud, con el fin de unir esfuerzos en la
consecución de objetivos comunes.
El Ayuntamiento de Aranjuez teniendo presente los apartados l) y m) del artículo 25
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, impulsa la realización de actuaciones capaces de analizar las diferentes realidades juveniles y de aportar
soluciones a corto, medio y largo plazo a los nuevos retos y necesidades que plantea este
colectivo que cuenta con un especial interés dentro del municipio.
La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid y
el Ayuntamiento de Aranjuez pretenden desarrollar, a través de sus respectivos organismos
de Juventud, un programa de actuación conjunta destinado a la expedición del Carné Joven
BOCM-20250315-11
EXPONEN
B.O.C.M. Núm. 63
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE MARZO DE 2025
Pág. 111
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
11
CONVENIO de colaboración de 17 de febrero de 2025, entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el
Ayuntamiento de Aranjuez, para la expedición del “Carné Joven Comunidad de
Madrid”.
REUNIDOS
De una parte, D.a Laura Castilla Rodríguez, Directora General de Juventud de la Comunidad de Madrid, nombrada en virtud del Decreto 167/2023, de 5 de julio, del Consejo
de Gobierno, en relación con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid, y en relación con el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de
la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Miguel Gómez Herrero, Alcalde del Ayuntamiento de Aranjuez, en virtud
de su nombramiento realizado por Acuerdo del Pleno celebrado el día 21 de junio de 2024.
INTERVIENEN
La primera, en representación de la Comunidad de Madrid en virtud de la delegación
de competencias establecida en el dispongo quinto apartado a) de la Orden 3147/2023, de 5
de diciembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que delega
el ejercicio de competencias en diferentes órganos de la Consejería y se desconcentran las
competencias en materia de Protectorado de Fundaciones. Todo ello de conformidad con el
artículo 9 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
El segundo, en nombre y representación del Ayuntamiento de Aranjuez de conformidad con el apartado b) del punto 1 del artículo 21 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, a través de la Dirección General de Juventud, en ejercicio de sus competencias de coordinación de la política regional
con las administraciones locales en materia de juventud viene desarrollando una tarea de
motivación e impulso de políticas integrales hacia los jóvenes madrileños.
Con este fin se viene desarrollando el Programa “Carné Joven Comunidad de Madrid”,
cuyo objetivo es, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de las Ley 8/2002, de 27 de
noviembre, de Juventud de la Comunidad de Madrid, poner a disposición de los jóvenes de
14 a 30 años, mediante el Carné Joven Comunidad de Madrid, el acceso a servicios de carácter cultural, deportivo, turístico, recreativo, formativo, asistencial, tecnológico y social,
con importantes descuentos y posibles ventajas financieras reservadas a sus usuarios.
En virtud de la citada Ley, la Comunidad de Madrid cooperará con cuantas Instituciones Públicas sean competentes en materia de juventud, con el fin de unir esfuerzos en la
consecución de objetivos comunes.
El Ayuntamiento de Aranjuez teniendo presente los apartados l) y m) del artículo 25
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, impulsa la realización de actuaciones capaces de analizar las diferentes realidades juveniles y de aportar
soluciones a corto, medio y largo plazo a los nuevos retos y necesidades que plantea este
colectivo que cuenta con un especial interés dentro del municipio.
La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid y
el Ayuntamiento de Aranjuez pretenden desarrollar, a través de sus respectivos organismos
de Juventud, un programa de actuación conjunta destinado a la expedición del Carné Joven
BOCM-20250315-11
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