Majadahonda (BOCM-20250314-73)
Régimen económico. Padrón fiscal
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE MARZO DE 2025
Pág. 277
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73
MAJADAHONDA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250314-73
Habiéndose aprobado el mencionado padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este, a
efectos de su notificación colectiva, se publica el mismo para su general conocimiento, en cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24
del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
Dicho padrón y las liquidaciones integrantes de este, que consta de 3783 cargos por
importe total de un millón ciento veinticuatro mil dos euros con noventa y un céntimos de
euro (1.124.002,91 euros), se expondrán al público por un plazo de 1 mes, a contar desde el
siguiente al de la publicación del presente anuncio en las dependencias de la Corporación.
El período voluntario de pago es de 30 de abril al 30 de junio de 2025.
Contra el acto de aprobación del citado padrón, y/o las liquidaciones contenidas en este,
podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del mencionado tributo en las siguientes fechas de 15
de julio a 15 de noviembre de 2024.
Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo en las entidades colaboradoras en caso contrario deben solicitar duplicado del recibo en la oficina de recaudación.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del
procedimiento de apremio.
Hoyo de Manzanares, a 4 de marzo de 2025.—La alcaldesa-presidenta, Victoria Barderas García.
(01/3.487/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE MARZO DE 2025
Pág. 277
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73
MAJADAHONDA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250314-73
Habiéndose aprobado el mencionado padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este, a
efectos de su notificación colectiva, se publica el mismo para su general conocimiento, en cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24
del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
Dicho padrón y las liquidaciones integrantes de este, que consta de 3783 cargos por
importe total de un millón ciento veinticuatro mil dos euros con noventa y un céntimos de
euro (1.124.002,91 euros), se expondrán al público por un plazo de 1 mes, a contar desde el
siguiente al de la publicación del presente anuncio en las dependencias de la Corporación.
El período voluntario de pago es de 30 de abril al 30 de junio de 2025.
Contra el acto de aprobación del citado padrón, y/o las liquidaciones contenidas en este,
podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del mencionado tributo en las siguientes fechas de 15
de julio a 15 de noviembre de 2024.
Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo en las entidades colaboradoras en caso contrario deben solicitar duplicado del recibo en la oficina de recaudación.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del
procedimiento de apremio.
Hoyo de Manzanares, a 4 de marzo de 2025.—La alcaldesa-presidenta, Victoria Barderas García.
(01/3.487/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791