Alcobendas (BOCM-20250314-56)
Régimen económico. Matrícula impuestos
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BOCM
Pág. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 62
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Por el presente, y en aplicación de los artículos 90 y 91 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, mediante el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero,
por el que se dictan normas para la gestión del impuesto sobre actividades económicas y se
regula la delegación de competencias en materia censal de dicho impuesto, pongo en general conocimiento la exposición pública de la matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas de 2025, desde el día 1 al 15 del próximo mes de abril.
La matrícula está constituida por el censo de los sujetos pasivos que ejercen actividades
económicas en el municipio y que reúnen la condición de obligados tributarios (que tributan
por cuota municipal y no están exentos) del impuesto.
Durante el plazo indicado de exposición al público y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos Digitales, el Servicio de Atención al Ciudadano (plaza Mayor, número 1, planta baja
del Ayuntamiento), proporcionará a los contribuyentes que lo soliciten la información de
los referidos padrones que directamente les afecten, en horas de atención al público (lunes
a viernes, de 8:30 a 14:30 horas y de 16:00 a 19:00 horas).
Recursos
BOCM-20250314-56
Contra los actos censales de inclusión, exclusión o alteración de los datos contenidos
en la matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas, los interesados podrán interponer el recurso de reposición previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, mediante el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, ante la directora general de Economía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al del término del período de exposición
pública de la matrícula. Contra la resolución del recurso de reposición, podrá formular reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes ante el Tribunal EconómicoAdministrativo Regional de Madrid.
La interposición del recurso de reposición o reclamación económico-administrativa
contra los actos citados no originará la suspensión de los actos de liquidación municipales.
Alcobendas, a 11 de marzo de 2025.—La alcaldesa, Rocío García Alcántara.
(01/4.037/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Por el presente, y en aplicación de los artículos 90 y 91 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, mediante el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero,
por el que se dictan normas para la gestión del impuesto sobre actividades económicas y se
regula la delegación de competencias en materia censal de dicho impuesto, pongo en general conocimiento la exposición pública de la matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas de 2025, desde el día 1 al 15 del próximo mes de abril.
La matrícula está constituida por el censo de los sujetos pasivos que ejercen actividades
económicas en el municipio y que reúnen la condición de obligados tributarios (que tributan
por cuota municipal y no están exentos) del impuesto.
Durante el plazo indicado de exposición al público y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos Digitales, el Servicio de Atención al Ciudadano (plaza Mayor, número 1, planta baja
del Ayuntamiento), proporcionará a los contribuyentes que lo soliciten la información de
los referidos padrones que directamente les afecten, en horas de atención al público (lunes
a viernes, de 8:30 a 14:30 horas y de 16:00 a 19:00 horas).
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Contra los actos censales de inclusión, exclusión o alteración de los datos contenidos
en la matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas, los interesados podrán interponer el recurso de reposición previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, mediante el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, ante la directora general de Economía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al del término del período de exposición
pública de la matrícula. Contra la resolución del recurso de reposición, podrá formular reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes ante el Tribunal EconómicoAdministrativo Regional de Madrid.
La interposición del recurso de reposición o reclamación económico-administrativa
contra los actos citados no originará la suspensión de los actos de liquidación municipales.
Alcobendas, a 11 de marzo de 2025.—La alcaldesa, Rocío García Alcántara.
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