Ciempozuelos (BOCM-20250314-67)
Personal. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE MARZO DE 2025
Pág. 259
Terminado el plazo de presentación de documentos y comprobados los mismos, se procederá
al nombramiento como funcionario en prácticas de la categoría de Oficial de Policía Local del Cuerpo
de Policía Local del Ayto. de Ciempozuelos.
12. CURSO SELECTIVO DE FORMACIÓN.
Para aprobar las pruebas selectivas y obtener en consecuencia el nombramiento definitivo,
será necesario superar el curso selectivo de formación en la forma que determine la Comunidad de
Madrid, así como no incurrir en ninguna de las faltas que lleva consigo el cese inmediato en el cargo
de Oficial “en prácticas”, conforme a lo establecido en el Reglamento de Régimen Interior de
aplicación al alumnado donde se realice el curso. El curso tendrá lugar en el Instituto de Formación
Integral en Seguridad y Emergencias de la Comunidad de Madrid, y tendrá una duración de 300
horas o su equivalente en créditos ECTS.
El curso selectivo de formación será calificado de cero a diez puntos, siendo necesario
obtener un mínimo de cinco puntos en cada una de las asignaturas para superarlo. La nota final será
la media aritmética correspondiente al conjunto de las mismas, resultando vinculante para el tribunal
calificador la calificación otorgada por el centro docente. Las calificaciones serán elevadas por el
órgano competente del Centro de Formación, en forma de propuesta al Tribunal Calificador. La
calificación definitiva que el Tribunal Calificador otorgue a los aspirantes en el curso específico de
formación, coincidirá con la calificación efectuada por el Centro de Formación.
Quienes no superen en su totalidad el Curso perderán toda expectativa de ingreso nacida
de la superación de la oposición y quedarán excluidos definitivamente del proceso selectivo,
causando baja en el Centro docente por resolución del órgano competente del Área de Gobierno de
Seguridad y Emergencias a propuesta del Tribunal Calificador, previo informe del Centro de
Formación.
Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo de formación, siempre que se
deba a causas de fuerza mayor o derivadas de embarazo o maternidad, debidamente justificadas y
apreciadas por el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid, tendrán
opción, por una sola vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria del curso que efectúe dicho centro.
Para la calificación definitiva del proceso de selección se mantendrá la calificación final obtenida en
las pruebas de oposición y en el concurso, computándose la obtenida en el curso selectivo de
formación.
En estos casos, la posterior ordenación en el escalafón tendrá lugar con la promoción en
que, efectivamente, se finalice el curso específico de formación, respetándose la calificación
obtenida en la fase de oposición.
13. CALIFICACIÓN DEFINITIVA DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
La calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la suma de la calificación
obtenida en la fase de concurso, en la fase de oposición y la correspondiente al curso específico de
formación, estableciéndose en tal suma la siguiente ponderación: (COP x 0,40)+(CS x 0,60), donde
COP es la calificación obtenida en la fase de concurso-oposición y CS es la calificación obtenida en
el curso selectivo de formación.
Para resolver los empates que puedan surgir en las calificaciones definitivas y determinar
un orden de preferencia entre los aspirantes, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en
el curso específico de formación, en caso de persistir el empate, se atenderá a la puntuación
conseguida en la fase de concurso y sólo en último término se solventará por orden alfabético del
primer apellido de los aspirantes empatados, iniciándose el orden en el escalafón por la letra que
determine el sorteo anual realizado por la Secretaría General para la Administración Pública.
El Tribunal calificador no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas
un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga
lo anteriormente establecido, será nula de pleno derecho.
Concluido el curso selectivo de formación, el Tribunal Calificador publicará en el Tablón de
anuncios alojado en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Ciempozuelos (sede.aytociempozuelos.org), y en la página web municipal (www.ayto-ciempozuelos.org), la relación de
aprobados por orden de puntuación, y elevará dicha relación al órgano competente para su
nombramiento como funcionarios de carrera en la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía
Municipal del Ayuntamiento de Ciempozuelos.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los
actos de los órganos de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de
su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las
BOCM-20250314-67
14. NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO DE CARRERA.
B.O.C.M. Núm. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE MARZO DE 2025
Pág. 259
Terminado el plazo de presentación de documentos y comprobados los mismos, se procederá
al nombramiento como funcionario en prácticas de la categoría de Oficial de Policía Local del Cuerpo
de Policía Local del Ayto. de Ciempozuelos.
12. CURSO SELECTIVO DE FORMACIÓN.
Para aprobar las pruebas selectivas y obtener en consecuencia el nombramiento definitivo,
será necesario superar el curso selectivo de formación en la forma que determine la Comunidad de
Madrid, así como no incurrir en ninguna de las faltas que lleva consigo el cese inmediato en el cargo
de Oficial “en prácticas”, conforme a lo establecido en el Reglamento de Régimen Interior de
aplicación al alumnado donde se realice el curso. El curso tendrá lugar en el Instituto de Formación
Integral en Seguridad y Emergencias de la Comunidad de Madrid, y tendrá una duración de 300
horas o su equivalente en créditos ECTS.
El curso selectivo de formación será calificado de cero a diez puntos, siendo necesario
obtener un mínimo de cinco puntos en cada una de las asignaturas para superarlo. La nota final será
la media aritmética correspondiente al conjunto de las mismas, resultando vinculante para el tribunal
calificador la calificación otorgada por el centro docente. Las calificaciones serán elevadas por el
órgano competente del Centro de Formación, en forma de propuesta al Tribunal Calificador. La
calificación definitiva que el Tribunal Calificador otorgue a los aspirantes en el curso específico de
formación, coincidirá con la calificación efectuada por el Centro de Formación.
Quienes no superen en su totalidad el Curso perderán toda expectativa de ingreso nacida
de la superación de la oposición y quedarán excluidos definitivamente del proceso selectivo,
causando baja en el Centro docente por resolución del órgano competente del Área de Gobierno de
Seguridad y Emergencias a propuesta del Tribunal Calificador, previo informe del Centro de
Formación.
Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo de formación, siempre que se
deba a causas de fuerza mayor o derivadas de embarazo o maternidad, debidamente justificadas y
apreciadas por el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid, tendrán
opción, por una sola vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria del curso que efectúe dicho centro.
Para la calificación definitiva del proceso de selección se mantendrá la calificación final obtenida en
las pruebas de oposición y en el concurso, computándose la obtenida en el curso selectivo de
formación.
En estos casos, la posterior ordenación en el escalafón tendrá lugar con la promoción en
que, efectivamente, se finalice el curso específico de formación, respetándose la calificación
obtenida en la fase de oposición.
13. CALIFICACIÓN DEFINITIVA DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
La calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la suma de la calificación
obtenida en la fase de concurso, en la fase de oposición y la correspondiente al curso específico de
formación, estableciéndose en tal suma la siguiente ponderación: (COP x 0,40)+(CS x 0,60), donde
COP es la calificación obtenida en la fase de concurso-oposición y CS es la calificación obtenida en
el curso selectivo de formación.
Para resolver los empates que puedan surgir en las calificaciones definitivas y determinar
un orden de preferencia entre los aspirantes, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en
el curso específico de formación, en caso de persistir el empate, se atenderá a la puntuación
conseguida en la fase de concurso y sólo en último término se solventará por orden alfabético del
primer apellido de los aspirantes empatados, iniciándose el orden en el escalafón por la letra que
determine el sorteo anual realizado por la Secretaría General para la Administración Pública.
El Tribunal calificador no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas
un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga
lo anteriormente establecido, será nula de pleno derecho.
Concluido el curso selectivo de formación, el Tribunal Calificador publicará en el Tablón de
anuncios alojado en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Ciempozuelos (sede.aytociempozuelos.org), y en la página web municipal (www.ayto-ciempozuelos.org), la relación de
aprobados por orden de puntuación, y elevará dicha relación al órgano competente para su
nombramiento como funcionarios de carrera en la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía
Municipal del Ayuntamiento de Ciempozuelos.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los
actos de los órganos de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de
su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las
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14. NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO DE CARRERA.