D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250314-33)
Convenio – Adenda de 3 de marzo de 2025, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad San Pablo-CEU, para la formación práctico clínica del alumnado del grado de Enfermería y posgrados
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE MARZO DE 2025
Pág. 167
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
33
ADENDA de 3 de marzo de 2025, de modificación del convenio de colaboración
entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad San Pablo-CEU, para la formación
práctico clínica del alumnado del grado de Enfermería y posgrados.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Consejera de Sanidad, D.a Fátima Matute Teresa, nombrada
por Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, y actuando
en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el apartado 3 del artículo 4 de
la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación a la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley
Estatal 4/1999, de 13 de enero, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo.
De otra parte, la Ilma. Sra. Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio
Madrileño de Salud, D.a Laura Gutiérrez Barreno, nombrada mediante Decreto 257/2023,
de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 del Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura
orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo de 30 de diciembre de 2024, del Consejo
de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se revocan los acuerdos
adoptados anteriormente, relativos a la delegación de competencias, su avocación y ratificación, y se delegan determinadas competencias del Consejo de Administración.
Y de otra, la Excma. Sra. D.a Rosa María Visiedo Claverol, Rectora Magnífica, nombrada por el Patronato de la Universidad San Pablo-CEU en su junta de 17 de junio de 2023,
actuando en nombre y representación de la Universidad San Pablo-CEU, con domicilio en
Madrid, calle de Isaac Peral, número 58, con NIF G-28423275, en uso de las facultades conferidas por el artículo 37.1.c) de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad San Pablo CEU, aprobadas mediante Decreto 31/2011, de 2 de junio, del Consejo
de Gobierno.
Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y legitimación con
que intervienen para la formalización del presente documento y en su virtud,
EXPONEN
Primero
Segundo
Que el Servicio Madrileño de Salud (en adelante SERMAS) es un ente de derecho público creado por la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (LOSCAM), dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar para el cumplimiento de sus fines, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su régimen jurídico y de funcionamiento.
BOCM-20250314-33
Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, tiene entre sus competencias, las relativas a la ordenación, gestión, coordinación y evaluación de las actividades
relacionadas con la formación sanitaria dentro de su territorio en sus distintos niveles de grado, posgrado, formación de especialistas y planes de formación continuada del personal de la
Consejería de Sanidad (artículo 8.d) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería).
B.O.C.M. Núm. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE MARZO DE 2025
Pág. 167
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
33
ADENDA de 3 de marzo de 2025, de modificación del convenio de colaboración
entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad San Pablo-CEU, para la formación
práctico clínica del alumnado del grado de Enfermería y posgrados.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Consejera de Sanidad, D.a Fátima Matute Teresa, nombrada
por Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, y actuando
en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el apartado 3 del artículo 4 de
la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación a la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley
Estatal 4/1999, de 13 de enero, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo.
De otra parte, la Ilma. Sra. Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio
Madrileño de Salud, D.a Laura Gutiérrez Barreno, nombrada mediante Decreto 257/2023,
de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 del Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura
orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo de 30 de diciembre de 2024, del Consejo
de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se revocan los acuerdos
adoptados anteriormente, relativos a la delegación de competencias, su avocación y ratificación, y se delegan determinadas competencias del Consejo de Administración.
Y de otra, la Excma. Sra. D.a Rosa María Visiedo Claverol, Rectora Magnífica, nombrada por el Patronato de la Universidad San Pablo-CEU en su junta de 17 de junio de 2023,
actuando en nombre y representación de la Universidad San Pablo-CEU, con domicilio en
Madrid, calle de Isaac Peral, número 58, con NIF G-28423275, en uso de las facultades conferidas por el artículo 37.1.c) de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad San Pablo CEU, aprobadas mediante Decreto 31/2011, de 2 de junio, del Consejo
de Gobierno.
Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y legitimación con
que intervienen para la formalización del presente documento y en su virtud,
EXPONEN
Primero
Segundo
Que el Servicio Madrileño de Salud (en adelante SERMAS) es un ente de derecho público creado por la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (LOSCAM), dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar para el cumplimiento de sus fines, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su régimen jurídico y de funcionamiento.
BOCM-20250314-33
Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, tiene entre sus competencias, las relativas a la ordenación, gestión, coordinación y evaluación de las actividades
relacionadas con la formación sanitaria dentro de su territorio en sus distintos niveles de grado, posgrado, formación de especialistas y planes de formación continuada del personal de la
Consejería de Sanidad (artículo 8.d) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería).