Horcajuelo de la Sierra (BOCM-20250312-55)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 178
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 60
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55
HORCAJUELO DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250312-55
Aprobada inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal Reguladora de la tasa
por la utilización de locales e instalaciones deportivas en el municipio, por acuerdo del Pleno de 28 de febrero de 2025, de conformidad con lo establecido en los artículos 49 y 70.2
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y artículo 17
del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, se somete a información pública, por el
plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado
por cualquier interesado en las dependencias municipales, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado
plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada
ordenanza.
En Horcajuelo de la Sierra, a 3 de marzo de 2025.—La alcaldesa, Arancha Álvarez
Peinado.
(03/3.398/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 60
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55
HORCAJUELO DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250312-55
Aprobada inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal Reguladora de la tasa
por la utilización de locales e instalaciones deportivas en el municipio, por acuerdo del Pleno de 28 de febrero de 2025, de conformidad con lo establecido en los artículos 49 y 70.2
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y artículo 17
del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, se somete a información pública, por el
plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado
por cualquier interesado en las dependencias municipales, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado
plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada
ordenanza.
En Horcajuelo de la Sierra, a 3 de marzo de 2025.—La alcaldesa, Arancha Álvarez
Peinado.
(03/3.398/25)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791