C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250312-24)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 547/2025, de 3 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 2204/2023, de 30 de noviembre, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para los años 2024 y 2025, en el sector del deporte
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 100

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 60

Uno. En el apartado 2, Marco normativo, en relación con los objetivos y competencias de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se introducen los siguientes párrafos:
“— Colaborar con la organización de las competiciones de ámbito universitario”.
“Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.2 de la Ley 15/1994, de 28
de diciembre, la Administración deportiva de la Comunidad de Madrid colaborará con las
universidades en la celebración de actividades deportivas no encuadradas en competiciones
oficiales de ámbito federativo”.
Dos. Dentro del apartado 4, Líneas de subvención, la letra E, Otras subvenciones,
queda redactada de la siguiente manera:
«En esta línea se englobaría el resto de subvenciones que se pretenden conceder, y que
no tienen encuadre en alguna de las líneas anteriores, al ser su objeto muy concreto y puntual.
E.1. Subvenciones nominativas previstas en los Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid:
— A favor de la Unión de Federaciones Deportivas Madrileñas (UFEDEMA), para la
realización de programas de formación para garantizar la adecuación de todas las
formaciones de técnicos deportivos a las necesidades propias de cada deporte, así
como otras acciones de formación de interés común a las federaciones deportivas
madrileñas, la provisión de servicios a las federaciones deportivas madrileñas, la
colaboración con las instituciones y organismos en el desarrollo y mejora del deporte federado madrileño, la atención de sus propios gastos de funcionamiento, así
como el desarrollo de jornadas formativas y de divulgación dirigidas a las federaciones deportivas madrileñas en materia jurídica, contable y de transparencia y
gobernanza, además de los gastos necesarios para el desarrollo de las mismas.
— A favor de la Fundación Madrid para el Deporte, para el apoyo a los deportistas
madrileños, programas de tutorización de deportistas de alto rendimiento de la
Comunidad de Madrid, la realización de actuaciones de promoción del deporte en
la región de Madrid, el programa de becas a deportistas madrileños de alto nivel
que obtengan resultados de acuerdo con los criterios técnicos establecidos por la
Comisión Técnica de la Fundación Madrid por el Deporte, así como para gastos
esenciales de estructura de la fundación.
— A favor de la Agrupación Deportiva de la Sierra, para subvencionar gastos ocasionados por la organización de actividades deportivas por alguno de los municipios
integrantes de la asociación (gastos de transporte, alojamiento, manutención, inscripción, entre otros) así como los gastos del personal administrativo y gastos de
mantenimiento y funcionamiento de la sede.
— A favor de la Agrupación Deportiva Nacional I, para subvencionar gastos ocasionados por la organización de actividades deportivas por alguno de los municipios
integrantes de la asociación (gastos de transporte, alojamiento, manutención, inscripción, entre otros) así como los gastos del personal administrativo y gastos de
mantenimiento y funcionamiento de la sede.
E.2. Subvenciones a otorgar mediante el procedimiento de concesión directa por razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas
que dificulten su convocatoria pública, de acuerdo con el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo:
— Subvenciones a otorgar mediante el procedimiento de concesión directa por razones de interés público y social, que dificultan su convocatoria pública, de acuerdo
con el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, a favor de Universidad de
Alcalá, la Universidad Autónoma, la Universidad Francisco de Vitoria, la Universidad Carlos III, la Universidad Politécnica, la Universidad Complutense, la Universidad Camilo José Cela, la Universidad Rey Juan Carlos, la Universidad Antonio de Nebrija, la Universidad Pontificia Comillas, la Universidad Europea de
Madrid, la Universidad San Pablo CEU y la UNED, con el propósito de colaborar
en la celebración de los Campeonatos de España Universitarios para 2025, en
veintisiete deportes, convocados mediante la Resolución de 30 de octubre
de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes (“Boletín Oficial del
Estado”, número 273, de 12 de noviembre de 2024) y acordada la adjudicación de
dichos campeonatos a las universidades y modalidades deportivas correspondientes por la Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, de 8 de
enero de 2025. Los gastos subvencionables serán, exclusivamente, los gastos pro-

BOCM-20250312-24

BOCM