B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250312-13)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se anuncia la apertura de un nuevo plazo de acreditación de los méritos alegados por las personas participantes en la autobaremación formulada en sus solicitudes en el proceso selectivo para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Especialista III (Grupo III, Nivel 4, Área C), de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 56
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 60
2. Requerir, en virtud de lo establecido en el apartado 2.3.3 de la base octava de la citada Orden 2728/2022, de 24 de noviembre, a las personas aspirantes de la lista definitiva de
admitidos, por el turno libre comprendidas entre los números 36 a 49 (ambos inclusive) y entre los números 51 81 (ambos inclusive), y por el cupo de discapacidad del turno libre con
los números 90, 148 y 172, la acreditación de los méritos alegados en la autobaremación formulada en sus solicitudes de participación, no pudiendo tenerse en consideración méritos
alegados o acreditados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes fijado ni durante el plazo del requerimiento establecido en esta resolución.
Segundo
BOCM-20250312-13
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de Madrid,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la
Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de
la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 6 de marzo de 2025.—La Directora General de Función Pública, María José
Esteban Raposo.
(03/3.842/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 60
2. Requerir, en virtud de lo establecido en el apartado 2.3.3 de la base octava de la citada Orden 2728/2022, de 24 de noviembre, a las personas aspirantes de la lista definitiva de
admitidos, por el turno libre comprendidas entre los números 36 a 49 (ambos inclusive) y entre los números 51 81 (ambos inclusive), y por el cupo de discapacidad del turno libre con
los números 90, 148 y 172, la acreditación de los méritos alegados en la autobaremación formulada en sus solicitudes de participación, no pudiendo tenerse en consideración méritos
alegados o acreditados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes fijado ni durante el plazo del requerimiento establecido en esta resolución.
Segundo
BOCM-20250312-13
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de Madrid,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la
Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de
la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 6 de marzo de 2025.—La Directora General de Función Pública, María José
Esteban Raposo.
(03/3.842/25)
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