C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250311-21)
Plan estratégico subvenciones – Orden 564/2025, de 27 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 2181/2024, de 21 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas para 2025
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 59
MARTES 11 DE MARZO DE 2025
Pág. 83
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
21
ORDEN 564/2025, de 27 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 2181/2024, de 21 de noviembre, de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas para 2025.
En virtud de la Orden 2181/2024, de 21 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones (PES) de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas para 2025, que fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 29 de noviembre de 2024.
En el desarrollo del citado Plan, se han producido diversas circunstancias sobrevenidas que hacen necesaria su modificación, a fin de introducir algunas actuaciones no incluidas inicialmente en el mismo y su correspondiente financiación.
La presente modificación tiene como finalidad incluir en el citado PES 2025 la convocatoria de ayudas de carácter bienal para la producción de largometrajes, así como adaptar
la previsión de la convocatoria de ayudas a entidades sin ánimo de lucro para la realización
de actividades culturales a la disponibilidad presupuestaria existente.
Por todo ello, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,
DISPONGO
Modificar la Orden 2181/2024, de 21 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección
General de Cultura e Industrias Creativas para 2025, en los términos que se concretan a continuación:
Uno. El apartado I. Previsión presupuestaria, queda redactado con el siguiente tenor:
La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas financiará las ayudas comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo a los créditos de las partidas que integran
los capítulos IV y VII del programa 334A (Promoción y Difusión Cultural). El importe
máximo de las adjudicaciones que se podrá conceder en las distintas líneas de subvención
de concurrencia competitiva y en las de consignación nominativa es de 17.892.007 euros,
siendo 9.607.007 euros de concurrencia competitiva y 8.285.000 euros nominativas.
En el importe correspondiente a la gestión de convocatorias de concurrencia competitiva, se incluyen las cantidades correspondientes a las segundas anualidades de las convocatorias bienales 2024-2025, por importe de 2.275.000 euros.
En cuanto a las convocatorias bienales 2025-2026, el importe que se ejecutará en la segunda anualidad será de 1.900.000 euros, en los términos que se especifican más adelante.
Dos. El apartado 1) Ayudas a municipios madrileños con población inferior a 10.000 habitantes, queda redactado con el siguiente tenor:
1) Ayudas a municipios madrileños con población inferior a 10.000 habitantes.
Objetivo: El apoyo a la actividad cultural que realizan los municipios de menos de
10.000 habitantes se justifica por la necesidad de consolidar y promocionar actividades culturales en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con especial incidencia en
las poblaciones más pequeñas.
Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, para
llevar a cabo actividades de teatro, danza, música y la cinematografía, con un importe máximo de 379.826 euros, que se imputará a la partida 46309.
Publicación de la convocatoria: diciembre de 2024.
BOCM-20250311-21
Artículo único
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 59
MARTES 11 DE MARZO DE 2025
Pág. 83
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
21
ORDEN 564/2025, de 27 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 2181/2024, de 21 de noviembre, de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas para 2025.
En virtud de la Orden 2181/2024, de 21 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones (PES) de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas para 2025, que fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 29 de noviembre de 2024.
En el desarrollo del citado Plan, se han producido diversas circunstancias sobrevenidas que hacen necesaria su modificación, a fin de introducir algunas actuaciones no incluidas inicialmente en el mismo y su correspondiente financiación.
La presente modificación tiene como finalidad incluir en el citado PES 2025 la convocatoria de ayudas de carácter bienal para la producción de largometrajes, así como adaptar
la previsión de la convocatoria de ayudas a entidades sin ánimo de lucro para la realización
de actividades culturales a la disponibilidad presupuestaria existente.
Por todo ello, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,
DISPONGO
Modificar la Orden 2181/2024, de 21 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección
General de Cultura e Industrias Creativas para 2025, en los términos que se concretan a continuación:
Uno. El apartado I. Previsión presupuestaria, queda redactado con el siguiente tenor:
La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas financiará las ayudas comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo a los créditos de las partidas que integran
los capítulos IV y VII del programa 334A (Promoción y Difusión Cultural). El importe
máximo de las adjudicaciones que se podrá conceder en las distintas líneas de subvención
de concurrencia competitiva y en las de consignación nominativa es de 17.892.007 euros,
siendo 9.607.007 euros de concurrencia competitiva y 8.285.000 euros nominativas.
En el importe correspondiente a la gestión de convocatorias de concurrencia competitiva, se incluyen las cantidades correspondientes a las segundas anualidades de las convocatorias bienales 2024-2025, por importe de 2.275.000 euros.
En cuanto a las convocatorias bienales 2025-2026, el importe que se ejecutará en la segunda anualidad será de 1.900.000 euros, en los términos que se especifican más adelante.
Dos. El apartado 1) Ayudas a municipios madrileños con población inferior a 10.000 habitantes, queda redactado con el siguiente tenor:
1) Ayudas a municipios madrileños con población inferior a 10.000 habitantes.
Objetivo: El apoyo a la actividad cultural que realizan los municipios de menos de
10.000 habitantes se justifica por la necesidad de consolidar y promocionar actividades culturales en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con especial incidencia en
las poblaciones más pequeñas.
Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, para
llevar a cabo actividades de teatro, danza, música y la cinematografía, con un importe máximo de 379.826 euros, que se imputará a la partida 46309.
Publicación de la convocatoria: diciembre de 2024.
BOCM-20250311-21
Artículo único