Alcalá de Henares (BOCM-20250310-47)
Régimen económico. Padrón fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 58

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MARZO DE 2025

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47

ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20250310-47

Anuncio de la aprobación del padrón correspondiente al primer semestre de 2024, de
la tasa por ocupación de la vía pública con mercadillos.
Habiéndose aprobado por resolución del Órgano de Gestión Tributaria, el padrón correspondiente al primer semestre de 2024, de la tasa por ocupación de la vía pública con industrias callejeras (mercadillos), los lunes, martes y miércoles, se hace público que:
Los recibos se notificarán colectivamente mediante la publicación de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a través de edictos que lo adviertan, todo ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la vigente Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria. El padrón se expondrá al público por un plazo de 15 días,
a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
El plazo de pago en período voluntario será del 10 de marzo de 2025 al 12 de mayo de 2025.
Si el último día del plazo de pago es inhábil, este finalizará el inmediato día hábil posterior. Una
vez transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio
y devengarán el recargo ejecutivo correspondiente, y en su caso, las costas del procedimiento de
apremio y los intereses de demora que se produzcan.
Los recibos podrán abonarse en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran
en los propios recibos, en su horario de apertura al público, o por cualquiera de los otros
métodos de pago que figuran en los mismos.
Contra dichos recibos se podrá interponer, ante el órgano de Gestión Tributaria de este
Ayuntamiento, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de finalización del período
voluntario de pago, recurso potestativo de reposición previo a la reclamación económicoadministrativa o, bien directamente, reclamación económico-administrativa, que se resolverá
por el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, teniendo carácter preceptivo para poder interponer en su caso, el recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.
Alcalá de Henares, a 26 de febrero de 2025.—El tesorero titular del Órgano de Gestión Tributaria, Jaime Álvarez de Toledo Jaén.
(01/3.191/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791