B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250310-2)
Puesto funcionario habilitación nacional – Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la convocatoria, por el sistema por el sistema de Libre Designación, del puesto de Director/a General de Gestión Tributaria, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Móstoles
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 16
LUNES 10 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 58
toles ( http://www.mostoles.es ), junto con la demás documentación requerida en la convocatoria, o bien en el Registro General del Ayuntamiento de Móstoles (plaza de España, número 1, 28934 Móstoles, Madrid), y en los registro auxiliares, o por alguno de los demás
medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común. Los interesados dirigirán su solicitud al Sr. Alcalde, acompañando
a la misma su currículum vitae, al que adjuntarán, debidamente acreditados los años de
servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública, experiencia profesional y títulos académicos, así como los estudios y cursos de formación, realizados en
relación con las características y funciones del puesto, y cuantos otros méritos o circunstancias se estime oportuno poner de manifiesto.
Quinta
Procedimiento de provisión
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se dará publicidad a la lista de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, quedando abierto un plazo
de diez días para la subsanación de los posibles defectos. La selección se realizará atendiendo a la experiencia y capacitación del candidato/a, valorándose especialmente:
— Años de experiencia en puestos de trabajo equivalentes.
— Experiencia en municipios de gran población.
— Experiencia dilatada en funciones superiores de gestión tributaria y recaudación.
— Interés e iniciativa profesional, acreditable mediante la realización de cursos de
formación, participación como ponente en cursos, actividad colegial, etc.
— Capacidad de liderazgo y de coordinación de grupos de trabajo.
— Cuantos otros méritos se consideren oportunos a los fines de la convocatoria.
Los aspirantes podrán ser convocados a realizar una entrevista a cuyo objeto se comunicará con tres días de antelación la fecha de celebración de la misma.
Sexta
Resolución de la convocatoria y nombramiento
El órgano competente procederá, en su caso, previa constatación de la concurrencia de
los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación, y traslado de la misma a la Dirección General de la Función Pública, del Ministerio de Transformación Digital y de la Función Pública, para su anotación y publicación en el “Boletín Oficial del Estado”. La
Resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato/a elegido/a de
los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria de la competencia para proceder
al nombramiento. La plaza deberá ser adjudicada entre los candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento,
como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
Séptima
Toma de posesión
El plazo de toma de posesión será establecido en el artículo 41 del Real Decreto 128/2018,
de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Octava
La presente convocatoria, bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, podrán ser impugnados por los interesados en la forma y plazos establecidos en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas».
(03/3.411/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250310-2
Recursos e impugnaciones
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medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común. Los interesados dirigirán su solicitud al Sr. Alcalde, acompañando
a la misma su currículum vitae, al que adjuntarán, debidamente acreditados los años de
servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública, experiencia profesional y títulos académicos, así como los estudios y cursos de formación, realizados en
relación con las características y funciones del puesto, y cuantos otros méritos o circunstancias se estime oportuno poner de manifiesto.
Quinta
Procedimiento de provisión
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se dará publicidad a la lista de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, quedando abierto un plazo
de diez días para la subsanación de los posibles defectos. La selección se realizará atendiendo a la experiencia y capacitación del candidato/a, valorándose especialmente:
— Años de experiencia en puestos de trabajo equivalentes.
— Experiencia en municipios de gran población.
— Experiencia dilatada en funciones superiores de gestión tributaria y recaudación.
— Interés e iniciativa profesional, acreditable mediante la realización de cursos de
formación, participación como ponente en cursos, actividad colegial, etc.
— Capacidad de liderazgo y de coordinación de grupos de trabajo.
— Cuantos otros méritos se consideren oportunos a los fines de la convocatoria.
Los aspirantes podrán ser convocados a realizar una entrevista a cuyo objeto se comunicará con tres días de antelación la fecha de celebración de la misma.
Sexta
Resolución de la convocatoria y nombramiento
El órgano competente procederá, en su caso, previa constatación de la concurrencia de
los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación, y traslado de la misma a la Dirección General de la Función Pública, del Ministerio de Transformación Digital y de la Función Pública, para su anotación y publicación en el “Boletín Oficial del Estado”. La
Resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato/a elegido/a de
los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria de la competencia para proceder
al nombramiento. La plaza deberá ser adjudicada entre los candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento,
como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
Séptima
Toma de posesión
El plazo de toma de posesión será establecido en el artículo 41 del Real Decreto 128/2018,
de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Octava
La presente convocatoria, bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, podrán ser impugnados por los interesados en la forma y plazos establecidos en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas».
(03/3.411/25)
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