B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250310-10)
Permisos funcionarios docentes – Resolución de 26 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan permisos parcialmente retribuidos a partir del curso 2025-2026, así como licencias de un curso sin retribución para el curso 2025-2026, para el personal funcionario docente que imparte enseñanzas en centros públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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BOCM
Pág. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 58
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
10
RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos
Humanos, por la que se convocan permisos parcialmente retribuidos a partir
del curso 2025-2026, así como licencias de un curso sin retribución para el curso 2025-2026, para el personal funcionario docente que imparte enseñanzas en
centros públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación,
Ciencia y Universidades.
PREÁMBULO
El Acuerdo Sectorial del personal funcionario docente al servicio de la Administración
de la Comunidad de Madrid que imparte enseñanzas no universitarias, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2006, establece en su disposición adicional
tercera que la Mesa Sectorial del personal docente no universitario desarrollará, entre otros
aspectos, la puesta en funcionamiento de licencias para el profesorado.
Tras el desarrollo de la negociación en la Mesa Sectorial, se suscribió el 16 de diciembre de 2008, entre la Consejería de Educación y la organización sindical ANPE, el Acuerdo
sobre licencias y permisos para el personal funcionario docente, que incluye, entre otros, el
permiso parcialmente retribuido, según el cual, durante un período de cinco cursos consecutivos se percibirá el 84 por 100 de las retribuciones, prestándose servicio durante los cuatro
primeros cursos del período, y el quinto curso se disfrutará de un permiso de duración coincidente con el curso escolar. Asimismo, el citado Acuerdo establece la licencia por razones
de estudio u otras causas justificadas, de hasta un curso sin derecho a retribución, manteniendo el destino definitivo si se tuviera. En ambos casos, el Acuerdo prevé que se realice una
convocatoria anual para su concesión, de 500 plazas en el primer caso, y de 150 plazas como
máximo para el segundo.
En consecuencia, procede que, por parte de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, se realice la convocatoria para la solicitud y concesión de los referidos permisos parcialmente retribuidos, así como de las licencias sin retribución.
En los casos en que esta resolución, sus bases y sus anexos utilizan sustantivos de género gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos, debe entenderse que
se hace por mera economía en la expresión, y que deben asimilarse indistintamente a mujeres y hombres con estricta igualdad en cuanto a los efectos jurídicos.
Por cuanto antecede, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 248/2023,
de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 244, de 13 de octubre de 2023), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, modificado por el Decreto 28/2024, de 24 de
abril, esta Dirección General de Recursos Humanos ha dispuesto convocar permisos parcialmente retribuidos, así como licencias de un curso escolar sin retribución, para el personal funcionario docente que imparte enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, de acuerdo con las
siguientes,
I. Permisos parcialmente retribuidos
Primera
Convocatoria de permisos parcialmente retribuidos
Se convoca la concesión de hasta 500 permisos parcialmente retribuidos para personal
funcionario de los cuerpos docentes que imparten enseñanzas no universitarias en centros
públicos docentes y para personal funcionario docente que imparten enseñanzas artísticas
BOCM-20250310-10
BASES
Pág. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 58
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
10
RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos
Humanos, por la que se convocan permisos parcialmente retribuidos a partir
del curso 2025-2026, así como licencias de un curso sin retribución para el curso 2025-2026, para el personal funcionario docente que imparte enseñanzas en
centros públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación,
Ciencia y Universidades.
PREÁMBULO
El Acuerdo Sectorial del personal funcionario docente al servicio de la Administración
de la Comunidad de Madrid que imparte enseñanzas no universitarias, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2006, establece en su disposición adicional
tercera que la Mesa Sectorial del personal docente no universitario desarrollará, entre otros
aspectos, la puesta en funcionamiento de licencias para el profesorado.
Tras el desarrollo de la negociación en la Mesa Sectorial, se suscribió el 16 de diciembre de 2008, entre la Consejería de Educación y la organización sindical ANPE, el Acuerdo
sobre licencias y permisos para el personal funcionario docente, que incluye, entre otros, el
permiso parcialmente retribuido, según el cual, durante un período de cinco cursos consecutivos se percibirá el 84 por 100 de las retribuciones, prestándose servicio durante los cuatro
primeros cursos del período, y el quinto curso se disfrutará de un permiso de duración coincidente con el curso escolar. Asimismo, el citado Acuerdo establece la licencia por razones
de estudio u otras causas justificadas, de hasta un curso sin derecho a retribución, manteniendo el destino definitivo si se tuviera. En ambos casos, el Acuerdo prevé que se realice una
convocatoria anual para su concesión, de 500 plazas en el primer caso, y de 150 plazas como
máximo para el segundo.
En consecuencia, procede que, por parte de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, se realice la convocatoria para la solicitud y concesión de los referidos permisos parcialmente retribuidos, así como de las licencias sin retribución.
En los casos en que esta resolución, sus bases y sus anexos utilizan sustantivos de género gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos, debe entenderse que
se hace por mera economía en la expresión, y que deben asimilarse indistintamente a mujeres y hombres con estricta igualdad en cuanto a los efectos jurídicos.
Por cuanto antecede, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 248/2023,
de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 244, de 13 de octubre de 2023), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, modificado por el Decreto 28/2024, de 24 de
abril, esta Dirección General de Recursos Humanos ha dispuesto convocar permisos parcialmente retribuidos, así como licencias de un curso escolar sin retribución, para el personal funcionario docente que imparte enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, de acuerdo con las
siguientes,
I. Permisos parcialmente retribuidos
Primera
Convocatoria de permisos parcialmente retribuidos
Se convoca la concesión de hasta 500 permisos parcialmente retribuidos para personal
funcionario de los cuerpos docentes que imparten enseñanzas no universitarias en centros
públicos docentes y para personal funcionario docente que imparten enseñanzas artísticas
BOCM-20250310-10
BASES