B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250310-8)
Convocatoria curso selectivo – Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba y publica el programa, regulación y duración del curso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, previsto en la Orden 442/2021, de 13 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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BOCM
Pág. 32
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 58
— Grupo 2. “La Gestión Económica de la Administración”: 30 horas.
• Modulo I: Elaboración y ejecución de un programa presupuestario (15 horas).
• Módulo II: Preparación, adjudicación y ejecución de un expediente de contrato
administrativo (15 horas).
— Grupo 3. “Planificación e innovación en la Administración”: 30 horas.
• Modulo I: Gestión por objetivos, gestión de proyectos y elaboración de planes
(15 horas).
• Módulo II: Evaluación de políticas públicas (15 horas).
— Grupo 4. “Habilidades directivas”: 15 horas.
Cada uno de los grupos de materias podrá estar dirigido por uno o varios coordinadores. De acuerdo con lo previsto en la Orden de 28 de octubre de 2020, de la Consejería de
Hacienda y Función Pública, por la que se establecen las tarifas retributivas y los criterios
adicionales de gestión de las acciones formativas para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, en aquellos cursos de duración igual o superior a 50 horas, que se encuentren estructurados en módulos diferenciados con una duración no inferior
a 10 horas, podrá designarse un coordinador para cada módulo. Los coordinadores asumirán las funciones relativas a la configuración académica de la acción formativa, propuesta,
en su caso, de docentes, y control y supervisión del desarrollo e impartición del mismo.
Tercero
Régimen académico
Será obligatoria la asistencia a las clases y actividades que se organicen, así como la
realización de los trabajos y pruebas que se soliciten a los aspirantes durante el desarrollo
del curso. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas, valoradas por la
Dirección General de Función Pública, originará la imposibilidad de concurrir a la exposición de su trabajo ante el tribunal calificador y, por tanto, la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, podrán
participar, por una sola vez, en el curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Cuarto
Régimen disciplinario
Durante la realización del curso selectivo los aspirantes, que previamente habrán sido
nombrados funcionarios en prácticas, estarán sometidos a la normativa sobre régimen disciplinario aplicable a los funcionarios, sin perjuicio de las normas especiales que regulen su
procedimiento de selección.
El incumplimiento injustificado de las obligaciones académicas por parte de los aspirantes supondrá la pérdida de los derechos adquiridos, sin perjuicio de los efectos que pudieran derivarse del régimen disciplinario.
Quinto
1. Sin perjuicio de las obligaciones académicas anteriormente expuestas, y de conformidad con lo dispuesto en la base novena de la Orden 442/2021, de 13 de octubre, de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, con objeto de la superación del curso, los aspirantes que participen en él deberán realizar un trabajo que se expondrá ante el tribunal calificador, cuyo contenido versará sobre los conocimientos teórico-prácticos recibidos durante el desarrollo del curso.
A estos efectos, en la sesión inaugural del curso, se asignará a cada uno de los alumnos el grupo de materias y, en su caso módulo, sobre el que deberá versar su trabajo, que se
identificará con alguno de los abordados en el curso, siendo el propio alumno el que determine posteriormente el enfoque y aspectos a tratar sobre el módulo asignado.
El sistema utilizado será la obtención al azar de un número del uno al siete, que se identificará con alguna de las siete temáticas de quince horas de duración en que se divide el
curso. El llamamiento de los aspirantes para la extracción del referido número se hará por
BOCM-20250310-8
Sistema de evaluación
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B.O.C.M. Núm. 58
— Grupo 2. “La Gestión Económica de la Administración”: 30 horas.
• Modulo I: Elaboración y ejecución de un programa presupuestario (15 horas).
• Módulo II: Preparación, adjudicación y ejecución de un expediente de contrato
administrativo (15 horas).
— Grupo 3. “Planificación e innovación en la Administración”: 30 horas.
• Modulo I: Gestión por objetivos, gestión de proyectos y elaboración de planes
(15 horas).
• Módulo II: Evaluación de políticas públicas (15 horas).
— Grupo 4. “Habilidades directivas”: 15 horas.
Cada uno de los grupos de materias podrá estar dirigido por uno o varios coordinadores. De acuerdo con lo previsto en la Orden de 28 de octubre de 2020, de la Consejería de
Hacienda y Función Pública, por la que se establecen las tarifas retributivas y los criterios
adicionales de gestión de las acciones formativas para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, en aquellos cursos de duración igual o superior a 50 horas, que se encuentren estructurados en módulos diferenciados con una duración no inferior
a 10 horas, podrá designarse un coordinador para cada módulo. Los coordinadores asumirán las funciones relativas a la configuración académica de la acción formativa, propuesta,
en su caso, de docentes, y control y supervisión del desarrollo e impartición del mismo.
Tercero
Régimen académico
Será obligatoria la asistencia a las clases y actividades que se organicen, así como la
realización de los trabajos y pruebas que se soliciten a los aspirantes durante el desarrollo
del curso. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas, valoradas por la
Dirección General de Función Pública, originará la imposibilidad de concurrir a la exposición de su trabajo ante el tribunal calificador y, por tanto, la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, podrán
participar, por una sola vez, en el curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Cuarto
Régimen disciplinario
Durante la realización del curso selectivo los aspirantes, que previamente habrán sido
nombrados funcionarios en prácticas, estarán sometidos a la normativa sobre régimen disciplinario aplicable a los funcionarios, sin perjuicio de las normas especiales que regulen su
procedimiento de selección.
El incumplimiento injustificado de las obligaciones académicas por parte de los aspirantes supondrá la pérdida de los derechos adquiridos, sin perjuicio de los efectos que pudieran derivarse del régimen disciplinario.
Quinto
1. Sin perjuicio de las obligaciones académicas anteriormente expuestas, y de conformidad con lo dispuesto en la base novena de la Orden 442/2021, de 13 de octubre, de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, con objeto de la superación del curso, los aspirantes que participen en él deberán realizar un trabajo que se expondrá ante el tribunal calificador, cuyo contenido versará sobre los conocimientos teórico-prácticos recibidos durante el desarrollo del curso.
A estos efectos, en la sesión inaugural del curso, se asignará a cada uno de los alumnos el grupo de materias y, en su caso módulo, sobre el que deberá versar su trabajo, que se
identificará con alguno de los abordados en el curso, siendo el propio alumno el que determine posteriormente el enfoque y aspectos a tratar sobre el módulo asignado.
El sistema utilizado será la obtención al azar de un número del uno al siete, que se identificará con alguna de las siete temáticas de quince horas de duración en que se divide el
curso. El llamamiento de los aspirantes para la extracción del referido número se hará por
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Sistema de evaluación