D) Anuncios - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250308-5)
Convenio – Convenio de colaboración de 19 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Digitalización) y Founderz Emprendimiento, S. L., en el ámbito del componente 19, inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)” con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, financiado por la Unión Europea-Next Generation UE, para la formación en inteligencia artificial
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BOCM
Pág. 60
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 57
ANEXO I
FOUNDERZ, se compromete a
1.- Garanzar el cumplimiento de los principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia para lo cual aportará la correspondiente declaración responsable según el
modelo establecido en el Anexo II de este convenio, junto con la cumplimentación de la Declaración de
Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) cuyo modelo se incluye en el Anexo III a este convenio.
2. Realizar las actuaciones necesarias para cumplir con los HyO del Componente 19, Inversión 1 del PRTR,
asociados al proyecto de Capacitación digital de la ciudadanía, en concreto el Objevo 288 Formación
de ciudadanos en competencias digitales del Componente 19. Además, aportarán las evidencias del
cumplimiento recogidas en la Decisión de Ejecución del Consejo (CID) y en la Decisión sobre los Acuerdos
Operavos (OA) a los que contribuyen los proyectos enmarcados en el Componente 19.
3. Garanzar el cumplimiento de las obligaciones de equetado climáco y digital, con un porcentaje del
0 por ciento y del 100 por ciento respecvamente, de acuerdo con lo previsto en el PRTR y en el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
4. Respetar el principio de «no causar un perjuicio significavo al medio ambiente» (principio do no
significant harm - DNSH) en cumplimiento con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, y su normava de desarrollo, en parcular el Reglamento (UE) 2020/852,
relavo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y la Guía Técnica de la
Comisión Europea (2021/C 58/01) sobre la aplicación de este principio, así como con lo requerido en la
Decisión de Ejecución del Consejo relava a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y
resiliencia de España y su documento Anexo.
Garanzar el pleno cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significavo al medio
ambiente” y, en su caso, el equetado climáco y digital (0% equetado climáco y 100% equetado
digital), de acuerdo con lo previsto en el PRTR.
5.- Evitar dentro de su actuación el fraude, la corrupción y los conflictos de interés.
6.- Consenrá la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento
a lo previsto en la normava europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garana de los derechos digitales. El modelo de
autorización para la cesión de datos se encuentra en el Anexo III a este convenio.
BOCM-20250308-5
7. A garanzar el somemiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería de
Digitalización de la Comunidad de Madrid, así como cualesquiera otras de comprobación que puedan
realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta
información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones referidas a este convenio.
Específicamente, y como colaboradora en proyectos financiados con fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, deberá conceder derechos de acceso suficientes a la comisión, la OLAF, el
Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes para que
ejerzan sus competencias. El modelo de autorización para el acceso se encuentra en el Anexo V a este
convenio.
Pág. 60
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 57
ANEXO I
FOUNDERZ, se compromete a
1.- Garanzar el cumplimiento de los principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia para lo cual aportará la correspondiente declaración responsable según el
modelo establecido en el Anexo II de este convenio, junto con la cumplimentación de la Declaración de
Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) cuyo modelo se incluye en el Anexo III a este convenio.
2. Realizar las actuaciones necesarias para cumplir con los HyO del Componente 19, Inversión 1 del PRTR,
asociados al proyecto de Capacitación digital de la ciudadanía, en concreto el Objevo 288 Formación
de ciudadanos en competencias digitales del Componente 19. Además, aportarán las evidencias del
cumplimiento recogidas en la Decisión de Ejecución del Consejo (CID) y en la Decisión sobre los Acuerdos
Operavos (OA) a los que contribuyen los proyectos enmarcados en el Componente 19.
3. Garanzar el cumplimiento de las obligaciones de equetado climáco y digital, con un porcentaje del
0 por ciento y del 100 por ciento respecvamente, de acuerdo con lo previsto en el PRTR y en el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
4. Respetar el principio de «no causar un perjuicio significavo al medio ambiente» (principio do no
significant harm - DNSH) en cumplimiento con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, y su normava de desarrollo, en parcular el Reglamento (UE) 2020/852,
relavo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y la Guía Técnica de la
Comisión Europea (2021/C 58/01) sobre la aplicación de este principio, así como con lo requerido en la
Decisión de Ejecución del Consejo relava a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y
resiliencia de España y su documento Anexo.
Garanzar el pleno cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significavo al medio
ambiente” y, en su caso, el equetado climáco y digital (0% equetado climáco y 100% equetado
digital), de acuerdo con lo previsto en el PRTR.
5.- Evitar dentro de su actuación el fraude, la corrupción y los conflictos de interés.
6.- Consenrá la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento
a lo previsto en la normava europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garana de los derechos digitales. El modelo de
autorización para la cesión de datos se encuentra en el Anexo III a este convenio.
BOCM-20250308-5
7. A garanzar el somemiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería de
Digitalización de la Comunidad de Madrid, así como cualesquiera otras de comprobación que puedan
realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta
información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones referidas a este convenio.
Específicamente, y como colaboradora en proyectos financiados con fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, deberá conceder derechos de acceso suficientes a la comisión, la OLAF, el
Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes para que
ejerzan sus competencias. El modelo de autorización para el acceso se encuentra en el Anexo V a este
convenio.