C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250307-12)
Regulación concesión ayudas –  Acuerdo de 26 de febrero de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas para el fomento de la actividad comercial en municipios de la Comunidad de Madrid con población inferior a 1.000 habitantes
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 72

VIERNES 7 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 56

5.- Documentación requerida:
Documentos que se aportan junto a la solicitud
En caso de que el
solicitante sea una
persona jurídica

En caso de que el
solicitante sea una
persona física

Poder acreditativo de la representación legal de la persona física que firma la solicitud de
ayuda.
Escritura de constitución y estatutos (o documento constitutivo, en el caso de comunidades
de bienes u otras entidades cuya inscripción no resulte obligatoria en el Registro Mercantil)
Documento acreditativo del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
En el caso de ser
trabajador autónomo

Recibo del pago de la cuota del régimen especial de autónomos
del último mes disponible, o régimen alternativo

Acreditación de la titularidad de un derecho real sobre un local o establecimiento, contrato de arrendamiento o cesión
de uso o cualquier otro título jurídico que habilite en derecho el uso de ese espacio en un municipio de menos de
1.000 habitantes de la Comunidad de Madrid.
Memoria de la actividad comercial, empresarial, oficio o profesión proyectada, que incluirá una descripción de la
actividad, un presupuesto definido justificando el importe de subvención que solicita en relación a los gastos y
actuaciones subvencionables que se hayan realizado o se prevean realizar, los objetivos perseguidos y las actividades
a desarrollar y situación del inmueble reseñando su dirección, referencia catastral y acompañando un plano de
emplazamiento con señalamiento del mismo.
Certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la hacienda del ayuntamiento donde radique la
actividad y establecimiento del beneficiario.
Títulos habilitantes de actividad y funcionamiento comercial o empresarial y certificado de alta en la matrícula del IAE
correspondiente. (Licencia o conformidad a la Declaración Responsable de Actividad y funcionamiento)
Certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta del solicitante de la ayuda.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos (*):
Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la
normativa aplicable)

NIF/NIE del solicitante.
NIF del representante.
(*) Puede oponerse a la consulta por motivos que deberá justificar. En este caso, deberá aportar la documentación a cuya consulta se opone
(artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Todo ello sin
perjuicio de la potestad de verificación de la Administración.

□ Me opongo a la consulta de los siguientes datos por los motivos que se expresan a continuación:

6.- Datos tributarios:
Autorizo
la
consulta

No autorizo la
consulta y
aporto el
documento

Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
(AEAT)(*)

{

{

Alta en el IAE correspondiente a la actividad en el municipio donde radique la misma

{

{

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes
documentos si lo autoriza expresamente. De lo contrario, deberá aportarlos al procedimiento.

El órgano instructor del procedimiento de concesión de la ayuda podrá solicitar, en su caso, informe a la Base
de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) sobre concesiones de otras ayudas para comprobar su
compatibilidad; de acumulación de ayudas de minimis, si las ayudas estuvieran acogidas a un régimen de
minimis; y de inexistencia de sanciones e inhabilitaciones que impidan adquirir la condición de beneficiario
(artículo 24.3 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). Todo ello sin perjuicio de las
declaraciones que deba presentar el solicitante de la ayuda.

Modelo: 3691F3

BOCM-20250307-12

(*) En la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable.