Parla (BOCM-20250307-59)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 56

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MARZO DE 2025

Pág. 255

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59

PARLA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Convocatoria de subvenciones a Hermandades religiosas del municipio de Parla para
el fomento de la Semana Santa declarada Fiesta de Interés Regional.
BDNS (Identif.): 817312

BOCM-20250307-59

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.—Podrán optar a las subvenciones reguladas en la presente
convocatoria, las Hermandades religiosas que estén dadas de alta en el Registro Municipal
de Asociaciones de Parla con anterioridad al 31 de diciembre de 2023.
Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto definir los términos y
condiciones que regirán las concesiones de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento
de Parla, con cargo a los créditos del presupuesto municipal, que tengan por objeto la financiación parcial de los proyectos que se presenten para promover la Semana Santa de 2025,
declarada Fiesta de Interés Regional.
Tercero. Bases Reguladoras.—Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Parla, aprobada en pleno de 28 de diciembre de 2004, y publicada definitivamente el día 8 de marzo de 2005 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarto. Cuantía.—La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar es de 25.000 euros
en concepto de subvenciones con cargo a los créditos disponibles y retenidos las aplicaciones presupuestarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 334.480.05 “Promoción y Difusión de la Semana Santa”. Tendrá carácter anual, el pago se realizará con cargo al presupuesto del año 2025 tras su justificación y como se establece en artículo 57 del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes normalizadas junto
con el resto de documentación exigida en la presente convocatoria, se dirigirán a la Concejalía de Cultura, y se presentarán hasta quince días después contados desde el día siguiente
al de la publicación en boletín oficial a través de la Base Nacional de Subvenciones. Así
mismo la convocatoria se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica, portal
web municipal.
Parla, a 12 de febrero de 2025.—La concejala-delegada de Presidencia, Cultura, Comercio e Interculturalidad, Gema García Torres.
(03/3.222/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791