Madrid (BOCM-20250307-40)
Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 194
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 56
BOCM-20250307-40
tificativa del gasto realizado que deben presentar los beneficiarios de las becas, así como
los trabajos de abono a los beneficiarios de las becas debidamente justificadas. Esta entidad
tendrá la consideración de entidad colaboradora.
La justificación y abono de las becas se realizará según recoge el artículo 15 de la convocatoria.
Noveno. Otros datos.—Las solicitudes se formalizarán conforme a los modelos que
acompañan a la convocatoria. El modelo de solicitud y sus anexos estarán disponibles en la
Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es
Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Madrid:
a) Electrónicamente, accediendo a la sede electrónica del Ayuntamiento,
https://sede.madrid.es . En ese caso deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
b) Presencialmente, en las Oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 27 de febrero de 2025.—El delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Fernández Sánchez.
(03/3.370/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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La justificación y abono de las becas se realizará según recoge el artículo 15 de la convocatoria.
Noveno. Otros datos.—Las solicitudes se formalizarán conforme a los modelos que
acompañan a la convocatoria. El modelo de solicitud y sus anexos estarán disponibles en la
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Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Madrid:
a) Electrónicamente, accediendo a la sede electrónica del Ayuntamiento,
https://sede.madrid.es . En ese caso deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
b) Presencialmente, en las Oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 27 de febrero de 2025.—El delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Fernández Sánchez.
(03/3.370/25)
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