C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250305-19)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 20 de febrero de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión de una ayuda a la Federación de Cooperativas y de la Economía Social de Madrid (FECOMA) para la realización de actuaciones de fomento del cooperativismo en la Comunidad de Madrid
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BOCM

MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 54

ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA LA CONCESIÓN
DE UNA AYUDA A LA FEDERACIÓN DE COOPERATIVAS
Y DE LA ECONOMÍA SOCIAL DE MADRID (FECOMA)
EN LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DE FOMENTO
DEL COOPERATIVISMO EN LA COMUNIDAD DE MADRID
1. Ámbito normativo competencial.
— Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
— Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. Objetivos estratégicos.
La ayuda a FECOMA se instrumenta mediante convenio subvención y tiene como finalidad la puesta en marcha de actuaciones dirigidas al fomento del cooperativismo y de las
entidades que forman parte de la economía social.
Estas actuaciones se centran en dos objetivos, el primero, promocionar y difundir el
emprendimiento colectivo en la región, y, el segundo, mejorar la competitividad de las cooperativas.
3. Costes presupuestarios previstos y fuentes de financiación.
El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones derivadas de esta subvención es de 443.000 euros y se financiará con cargo a la partida 48203 de
la Sección 12 del programa 241 Centro Gestor 120270000.
La subvención se abonará de forma anticipada, suponiendo la entrega de fondos con
carácter previo a la justificación y como financiación necesaria para poder llevar a cabo las
actividades inherentes a la subvención. Dichos pagos realizarán durante el período de vigencia del convenio.
4. Plazo de ejecución.
Se concretará en dos ejercicios presupuestarios, iniciándose en el año 2025 y finalizando en el año 2026.
5. Efectos.
Esta subvención se articula con el objetivo de desarrollar actuaciones que promuevan
y difundan la economía social y consolidar el cooperativismo. Se espera incrementar la visibilidad de las empresas y entidades de economía social, el modelo empresarial, y la contribución efectiva al desarrollo económico de la región.
Asimismo, contribuye en beneficio de los emprendedores colectivos vinculados a empresas de economía social, a través a actuaciones de asesoramiento y formación.
6. Indicadores del grado de cumplimiento de objetivos y resultados.
Se establecen como indicadores del cumplimiento de las actuaciones establecidas en
el convenio los siguientes:
— Número de asistentes/ participantes, mediante hojas de firmas.
— Detalle del programa formativo/charla/evento.
— Municipio en el que se realiza la actividad.
— Documentación gráfica de los eventos, referencias en prensa.
7. Seguimiento y control.
Se creará una comisión, que realizará funciones de seguimiento técnico y económico
y del cumplimiento de los compromisos y obligaciones establecidas en el convenio. Además, garantizará la coordinación y colaboración entre las partes firmantes y el seguimiento
de los indicadores de calidad, entre otras acciones.
8. Sistema de evaluación.

BOCM-20250305-19

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