Boadilla del Monte (BOCM-20250305-44)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 54

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44

BOADILLA DEL MONTE
OFERTAS DE EMPLEO

BOCM-20250305-44

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio número 427/2025, de 18 de febrero, de
aprobación de las bases específicas que regirán la convocatoria del proceso para la provisión definitiva, por concurso general de méritos, del puesto número 92 de personal funcionario de Jefe de Grupo, adscrito a la Unidad Orgánica “02051 Negociado de facturación y
contabilidad”, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, NCD 22, de la escala de Administración General Administrativa, grupo C, subgrupo C1.
Las bases se encuentran expuestas íntegramente en el tablón de edictos y Anuncios Digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte y en la página web municipal
( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org/ , Pestaña Tu Ayuntamiento/Oferta de
Empleo Público).
El plazo de presentación de solicitudes de participación será de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” de la respectiva convocatoria.
Las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, podrán recurrirse potestativamente en reposición o interponer directamente recurso
ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un
mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro
mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto
recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta
por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente.
Boadilla del Monte, a 20 de febrero de 2025.—El primer teniente de alcalde-delegado
de Coordinación, Personal y Patrimonio, Jesús Egea Pascual.
(03/2.898/25)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791