Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20250305-86)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 54
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025
Pág. 281
https://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es].
La solicitud deberá ir acompañada por:
-
Documento del NIF o, en su caso, pasaporte.
Títulos académicos exigidos anteriormente para participar en la convocatoria, o de
estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de terminación del plazo de presentación
de solicitudes.
Carné de conducir.
Curriculum vitae del aspirante, acompañado de la documentación acreditativa de los
méritos que se aleguen a efectos de valoración en la fase de concurso.
QUINTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia dictará resolución en el
plazo de máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En
dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el tablón
de anuncios de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, inserto en su sede
electrónica, se señalará un plazo de quince días hábiles para la subsanación.
Al publicarse la lista provisional de admitidos y excluidos se hará advertencia de que,
trascurrido el plazo anterior sin reclamaciones, quedará aquélla elevada a definitiva.
Finalizado el plazo de reclamaciones y subsanaciones y resueltas las mismas, la
Presidencia elevará a definitivas las listas de admitidos y excluidos mediante resolución que se
publicará igualmente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en la sede electrónica de
esta Mancomunidad. Dicha publicación servirá de notificación a efectos de impugnaciones y
recursos.
En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el
primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la
publicación en el tablón de anuncios de la Entidad, inserto en su sede electrónica; en este
supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el
órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior o en la sede de la
Mancomunidad, con un plazo mínimo de antelación de doce horas, si se trata de un mismo
ejercicio, mientras que la convocatoria para un ejercicio distinto deberá respetar un plazo mínimo
de veinticuatro horas. Igualmente, se hará constar la designación nominal del tribunal.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 30 días naturales desde la
finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado
resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
SEXTA. Tribunal Calificador
El Tribunal calificador estará constituido por:
-
Presidente designado por la Presidencia de entre funcionarios o personal laboral fijo
con titulación universitaria de grado o equivalente.
-
Secretario: el de la Mancomunidad o miembro de la misma en quien delegue.
-
Tres vocales designados por la Presidencia de entre funcionarios o personal laboral
fijo con titulación universitaria de grado o equivalente.
Se designarán suplentes, que, en sustitución de los titulares, integrarán el Tribunal.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de
las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y
valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que
puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria,
así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por
mayoría.
BOCM-20250305-86
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 54
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025
Pág. 281
https://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es].
La solicitud deberá ir acompañada por:
-
Documento del NIF o, en su caso, pasaporte.
Títulos académicos exigidos anteriormente para participar en la convocatoria, o de
estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de terminación del plazo de presentación
de solicitudes.
Carné de conducir.
Curriculum vitae del aspirante, acompañado de la documentación acreditativa de los
méritos que se aleguen a efectos de valoración en la fase de concurso.
QUINTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia dictará resolución en el
plazo de máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En
dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el tablón
de anuncios de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, inserto en su sede
electrónica, se señalará un plazo de quince días hábiles para la subsanación.
Al publicarse la lista provisional de admitidos y excluidos se hará advertencia de que,
trascurrido el plazo anterior sin reclamaciones, quedará aquélla elevada a definitiva.
Finalizado el plazo de reclamaciones y subsanaciones y resueltas las mismas, la
Presidencia elevará a definitivas las listas de admitidos y excluidos mediante resolución que se
publicará igualmente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en la sede electrónica de
esta Mancomunidad. Dicha publicación servirá de notificación a efectos de impugnaciones y
recursos.
En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el
primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la
publicación en el tablón de anuncios de la Entidad, inserto en su sede electrónica; en este
supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el
órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior o en la sede de la
Mancomunidad, con un plazo mínimo de antelación de doce horas, si se trata de un mismo
ejercicio, mientras que la convocatoria para un ejercicio distinto deberá respetar un plazo mínimo
de veinticuatro horas. Igualmente, se hará constar la designación nominal del tribunal.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 30 días naturales desde la
finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado
resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
SEXTA. Tribunal Calificador
El Tribunal calificador estará constituido por:
-
Presidente designado por la Presidencia de entre funcionarios o personal laboral fijo
con titulación universitaria de grado o equivalente.
-
Secretario: el de la Mancomunidad o miembro de la misma en quien delegue.
-
Tres vocales designados por la Presidencia de entre funcionarios o personal laboral
fijo con titulación universitaria de grado o equivalente.
Se designarán suplentes, que, en sustitución de los titulares, integrarán el Tribunal.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de
las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y
valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que
puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria,
así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por
mayoría.
BOCM-20250305-86
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.