Ciempozuelos (BOCM-20250305-48)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 54

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025

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-Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial
para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado
Comprobado por el servicio de personal la documentación aportada, los aspirantes
propuestos por el Tribunal Calificador deberán formalizar contrato con el Ayuntamiento de
Ciempozuelos en el plazo de quince días naturales a contar desde la publicación del
nombramiento en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, que será de un mes cuando
suponga cambio de localidad de residencia.
13.2. Efectos de la falta de formalización de contrato
Quien sin causa justificada no formalizara contrato no accederá a la plaza de AUXILIAR
JARDINERÍA, perdiendo todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del subsiguiente
nombramiento conferido.
Procediéndose, en ese caso, a proponer para nombramiento al primer aspirante aprobado
de la lista complementaria, y así sucesivamente con el siguiente o siguientes si ese o los
siguientes no tomasen posesión.
DÉCIMOCUARTA.- CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE
EMPLEO PARA NOMBRAMIENTOS DE CARÁCTER INTERINO.
14.1. Constitución de Bolsa de empleo.
La Bolsa de Empleo que se forme en virtud del presente procedimiento de selección
permitirá la cobertura de las necesidades temporales que puedan presentarse por motivo de
vacantes, sustituciones transitorias de bajas, licencias reglamentarias o exceso u acumulación de
tareas por el tiempo establecido temporalmente, con aquellos aspirantes que hayan aprobado el
proceso selectivo y no hayan obtenido plaza.
14.2. Funcionamiento de la Bolsa de empleo.
1. La Bolsa de empleo se constituirá con los aspirantes que no hayan obtenido plaza, pero
hayan superado la fase de Oposición, con al menos 5 puntos, siendo ésta gestionada por el
Departamento de Personal del Ayuntamiento.
2. Se llamará por el orden de puntuación obtenido a las personas incluidas en dicha lista.
La falta de respuesta positiva en un plazo de 48 horas de la persona seleccionada con la que se
contacte o la imposibilidad de localización, supondrá el paso de turno a la persona siguiente de la
lista, quedando excluido de la Bolsa. Se enviará un correo electrónico informando de las
características del puesto ofertado y se realizará a su vez llamada telefónica. El Departamento de
Personal dejará constancia de la realización de los pasos necesarios para su localización y
anotadas las incidencias ocurridas en las llamadas.
3. Si se diera la circunstancia de que la persona a quien correspondiera cubrir la vacante
no aceptara en el momento del llamamiento, el mismo se ofrecerá al siguiente de la lista y el
anterior quedará excluido de la Bolsa, salvo que medie causa justificada, entendiéndose por tal:
a) Enfermedad o ingreso hospitalario, acreditado mediante el correspondiente informe
médico.
b) Maternidad o paternidad, tanto por naturaleza como por adopción o acogimiento.

d) Estar trabajando en el momento del llamamiento, acreditando debidamente esta
situación.
En los supuestos a) b) y c) y d) el aspirante en el plazo de 48 horas acreditará ante la
Administración la situación que justifica la renuncia al puesto. Pasando a SITUACIÓN DE
INACTIVO y manteniendo su inicial posición en la Bolsa.
Estos/as candidatos/as no serán dados de alta en la Bolsa como ACTIVAS/OS para
posibles llamamientos, hasta que no manifiesten que su situación ha cambiado, presentando en el

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c) Razones de fuerza mayor, apreciadas en su caso por la Administración.