C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (BOCM-20250305-23)
Convocatoria ayudas –  Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, por la que se modifica la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, de 15 de julio de 2021, por la que se convoca la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa Moves III, años 2021, 2022, 2023, 2024. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 54

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025

Pág. 111

Por ello, vistos los preceptos legales citados y demás normativa de pertinente aplicación, así como las circunstancias concurrentes señaladas, el Director Gerente de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid,
DISPONE
Primero
La Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, de 15 de julio de 2021, por la que se convoca la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III, año 2021, 2022, 2023, 2024, queda modificada como sigue:
Uno. Se modifica el artículo 3.3, que queda redactado como sigue:
“Conforme a lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril,
el plazo de presentación de solicitudes será hasta el 31 de diciembre de 2024, sin perjuicio
de que dicho plazo pudiera ser modificado mediante la modificación correspondiente”.
Segundo
Uno. Ampliar en 2.750.000,00 euros la cuantía del crédito consignado en el artículo 4 de la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, de 15 de
julio de 2021, por la que se convoca la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del
Programa MOVES III, años 2021, 2022, 2023, 2024, quedando, por tanto, la dotación económica total fijada en 247.662.124,77 euros.
Dos. Del importe indicado en el apartado anterior, se asignan 2.750.000,00 euros a
las ayudas correspondientes al Programa de incentivos 1, quedando, por tanto, la dotación
económica total fijada para este programa en 169.708.779,97 euros.
Tercero
Contra la presente resolución se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, en el plazo de un mes,
de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.
Cuarto
La presente Resolución se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(BDNS) y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, esta Resolución será objeto de difusión electrónica a través de la página web institucional de la Fundación de la Energía de la Comunidad de
Madrid.
Quinto

BOCM-20250305-23

La presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente a su publicación.
Madrid, a 20 de febrero de 2025.—El Director Gerente de la Fundación de la Energía
de la Comunidad de Madrid, José Pedro Reques Fernández.
(01/2.872/25)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791