D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250305-39)
Convenio –  Resolución de 21 de febrero de 2025, del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S44) Línea de ayudas a entidades locales para la creación de una red de centros de cohousing en viviendas para personas mayores y discapacidad
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 54

MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025

Pág. 143

Segundo
Que en fecha de registro 7 de febrero de 2025 tiene entrada solicitud de autorización
de la renuncia a la ejecución del Proyecto para la creación de una red de centros cohousing
en viviendas para personas mayores y discapacidad (S44) presentada por la Mancomunidad
de Servicios Sociales Sierra Norte, aportando certificado de fecha 6 de febrero de 2025 del
Secretario-Interventor de la Mancomunidad relativo a la Junta de Gobierno Local celebrada en fecha 3 de febrero de 2025 en el que se acuerda:
1.o Resolver el referido Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid, a
través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y esta Mancomunidad para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia (s44). Línea de ayudas a entidades locales para la creación de una red de centros de cohousing en viviendas para personas mayores y discapacidad.
2.o Ordenar la puesta a disposición de la Comunidad de Madrid de aquellas cantidades
que no han sido ejecutadas dentro del programa 231d, subconcepto 76309 “Corporaciones
Locales”, con cargo al fondo con código 2021/00079 del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid financiado con el Instrumento Europeo de Recuperación “Next Generation
EU-MRR y Proyecto 2022/000798, y que ascienden a un total de 1.830.854,94 euros”.
Tercero
Que la cláusula decimoctava de dicho Convenio, prevé que se extinguirá, cuando concurra cualquiera de las causas recogidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto
Que el artículo 51.2 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público establece que es causa de resolución de los convenios el incumplimiento de
las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En concreto, la Mancomunidad Sierra Norte ha comunicado a la otra parte firmante la voluntad de no
continuar con la ejecución del subproyecto objeto de dicho Convenio, procediendo a la devolución de los importes no ejecutados. A tal efecto,
ACUERDAN

Segundo
Acordar el reintegro correspondiente a la liquidación. De acuerdo con lo previsto en la
cláusula undécima del Convenio la aportación económica de la Comunidad de Madrid fue
abonada al 100% mediante anticipo durante el ejercicio 2023, en la siguiente fecha:
— C22.I2. P04 con fecha de abono 29/5/2023, por importe de 2.000.000 euros.
En virtud de la cláusula undécima del Convenio suscrito la Comunidad de Madrid realizará la oportuna regularización de las cantidades percibidas y no justificadas por la entidad local, mediante el reintegro de las cantidades indebidamente justificadas.
Como consecuencia de la extinción del convenio, la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte procederá al reintegro de la aportación de la Comunidad de Madrid en
el plazo de un mes desde que se hubiera aprobado la liquidación, conforme a lo siguiente:
1. De acuerdo con los certificados semestrales expedidos por el Secretario-Interventor de la Mancomunidad, se constata que el importe ejecutado a la fecha asciende a 169.145,06 euros, con el siguiente desglose:
FECHA CERTIFICADO

SEMESTRE JUSTIFICADO

06/07/2023

Enero-Junio 2023

23/02/2024

Julio-Diciembre 2023

13/11/2024

Enero-Junio 2024

31/01/2025

Julio-Diciembre 2024

IMPORTE EJECUTADO
14.950,00 euros
111.860,54 euros
27.434,52 euros
14.900,00 euros

TOTAL

169.145,06 euros

BOCM-20250305-39

Primero
Resolver, aceptando la renuncia presentada por parte de la entidad local, el citado Convenio mediante la suscripción del presente documento, de conformidad con lo establecido
en la cláusula decimoctava del Convenio.