D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250305-28)
Convenio – Adenda de 20 de diciembre de 2024, de prórroga a la adenda primera de 5 de junio de 2023, al convenio firmado el 21 de junio de 2021, entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad de Madrid, en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación y de la optimización de los recursos sanitarios por el que se suscribe la cláusula adicional al mismo correspondiente al período 2023-2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 54
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025
Pág. 123
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Sanidad
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ADENDA de 20 de diciembre de 2024, de prórroga a la adenda primera de 5 de
junio de 2023, al convenio firmado el 21 de junio de 2021, entre el Ministerio
de Defensa y la Comunidad de Madrid, en materia de asistencia sanitaria y
para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación
y de la optimización de los recursos sanitarios por el que se suscribe la cláusula adicional al mismo correspondiente al período 2023-2024.
REUNIDOS
De una parte, D.a Adoración Mateos Tejada, Subsecretaria de Defensa, según nombramiento efectuado por el Real Decreto 361/2022, de 10 de mayo, en nombre y representación
del Ministerio de Defensa, por delegación de la Ministra de Defensa, de conformidad con el
apartado tercero de la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.
Y de la otra, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad de la Consejería
de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de
noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud,
actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 3 del Decreto 245/2023,
de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Sanidad, el artículo 1 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen
jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo del Consejo de
Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su
reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente prórroga a la Adenda 1.a y, de conformidad,
MANIFIESTAN
Primero
Que el Ministerio de Defensa y la Comunidad de Madrid suscribieron, con fecha 21 de
junio de 2021, un Convenio en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación y de la optimización de los recursos
sanitarios.
Segundo
Tercero
Que en virtud de lo dispuesto en la cláusula decimotercera del citado Convenio, la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Defensa podrán suscribir de común acuerdo, mediante adenda, cláusulas adicionales, en las que se determinarán variables técnicas, asistenciales, económicas, así como los programas selectivos de dispensación ambulatoria de
medicamentos con financiación específica, y variables de otra índole, sin perjuicio de las
BOCM-20250305-28
Que dicho Convenio se publicó mediante Resolución 420/38242/2021, de 22 de junio,
de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa, en el “Boletín Oficial del Estado” de 2 de julio, número 157 y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 19 de abril de 2022, número 92.
B.O.C.M. Núm. 54
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025
Pág. 123
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ADENDA de 20 de diciembre de 2024, de prórroga a la adenda primera de 5 de
junio de 2023, al convenio firmado el 21 de junio de 2021, entre el Ministerio
de Defensa y la Comunidad de Madrid, en materia de asistencia sanitaria y
para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación
y de la optimización de los recursos sanitarios por el que se suscribe la cláusula adicional al mismo correspondiente al período 2023-2024.
REUNIDOS
De una parte, D.a Adoración Mateos Tejada, Subsecretaria de Defensa, según nombramiento efectuado por el Real Decreto 361/2022, de 10 de mayo, en nombre y representación
del Ministerio de Defensa, por delegación de la Ministra de Defensa, de conformidad con el
apartado tercero de la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.
Y de la otra, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad de la Consejería
de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de
noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud,
actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 3 del Decreto 245/2023,
de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Sanidad, el artículo 1 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen
jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo del Consejo de
Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su
reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente prórroga a la Adenda 1.a y, de conformidad,
MANIFIESTAN
Primero
Que el Ministerio de Defensa y la Comunidad de Madrid suscribieron, con fecha 21 de
junio de 2021, un Convenio en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación y de la optimización de los recursos
sanitarios.
Segundo
Tercero
Que en virtud de lo dispuesto en la cláusula decimotercera del citado Convenio, la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Defensa podrán suscribir de común acuerdo, mediante adenda, cláusulas adicionales, en las que se determinarán variables técnicas, asistenciales, económicas, así como los programas selectivos de dispensación ambulatoria de
medicamentos con financiación específica, y variables de otra índole, sin perjuicio de las
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Que dicho Convenio se publicó mediante Resolución 420/38242/2021, de 22 de junio,
de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa, en el “Boletín Oficial del Estado” de 2 de julio, número 157 y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 19 de abril de 2022, número 92.