C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250305-20)
Acreditación competencias profesionales – Resolución conjunta de 17 de febrero de 2025, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado en los institutos bilingües y en los centros privados concertados autorizados para impartir el programa bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 54
6.1.2. Solicitudes de los candidatos de centros públicos.
Todas aquellas personas interesadas que, cumpliendo los requisitos establecidos, deseen tomar parte en la presente convocatoria para obtener la acreditación para impartir el
currículo de Inglés Avanzado mediante la superación de una prueba de aptitud, deberán presentar obligatoriamente de manera electrónica, a través de la opción “Acreditación Inglés
Avanzado mediante la superación de una prueba de aptitud 2025” de la aplicación “HABIHabilitaciones Bilingües”, tanto la solicitud como la documentación acreditativa de los requisitos, en los términos que se especifican en el apartado 5.1.2 de esta convocatoria.
6.1.3. Documentación que se debe aportar por los candidatos de centros públicos
junto con la solicitud.
— Los funcionarios de carrera o en prácticas de los cuerpos docentes que presten
servicios en una administración educativa distinta de la Comunidad de Madrid,
deberán aportar copia del título administrativo de funcionario de carrera del correspondiente cuerpo docente o documentación acreditativa de tener la condición
de funcionario en prácticas del correspondiente cuerpo docente, así como hoja de
servicios expedida por la Administración educativa de la que dependa, actualizada a fecha de publicación de esta convocatoria, sin perjuicio de las actuaciones
oportunas que se puedan llevar a cabo para comprobar la veracidad de lo declarado en la solicitud por los participantes.
— Todos los aspirantes que presenten la solicitud por medio de representante deberán consignar sus datos en el apartado correspondiente de la solicitud, a través de
la aplicación habilitada al efecto, y presentar:
• Copia del DNI del representante, en el supuesto de no autorizar su consulta.
• Documento de otorgamiento de la representación.
La documentación requerida deberá ser remitida en formato “PDF”. La persona solicitante deberá asegurarse de que adjunta los archivos y de que estos son anexados correctamente.
Se podrá reclamar a los participantes, en cualquier momento del procedimiento, la presentación de los documentos originales. En caso de discrepancia entre las copias presentadas y los originales, el participante será excluido del procedimiento, sin perjuicio de la exigencia de responsabilidad en que hubiese podido incurrir.
6.1.4. Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales de los
candidatos de centros públicos.
Los candidatos de centros públicos podrán acreditar este requisito autorizando a la Dirección General de Recursos Humanos, en el apartado “Autorización consulta al Registro
Central de Delincuentes Sexuales” de la solicitud, a realizar la consulta al Registro Central
de Delincuentes Sexuales.
La autorización de consulta en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a la Dirección General de Recursos Humanos implica también la autorización para la consulta de
datos del DNI.
Todos los aspirantes vinculados a los centros docentes públicos que no hayan marcado
el apartado “Autorización consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales” de la solicitud, autorizando la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales, deberán aportar el Certificado negativo del mencionado Registro, junto con el resto de la documentación.
Se entiende que la autorización otorgada a la Administración por parte del profesorado vinculado a los centros públicos para consultar el Registro Central de Delincuentes Sexuales será válida para la comprobación de los datos en cualquier nombramiento en puestos docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.
Los docentes de la enseñanza pública cuya nacionalidad sea de países no pertenecientes a la Unión Europea deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro
Central de Delincuentes Sexuales, la certificación negativa de condenas penales expedida
por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos
relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres
Humanos. Si el certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada (realizada por traductor jurado o validada por el
consulado u oficina diplomática correspondiente).
BOCM-20250305-20
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 54
6.1.2. Solicitudes de los candidatos de centros públicos.
Todas aquellas personas interesadas que, cumpliendo los requisitos establecidos, deseen tomar parte en la presente convocatoria para obtener la acreditación para impartir el
currículo de Inglés Avanzado mediante la superación de una prueba de aptitud, deberán presentar obligatoriamente de manera electrónica, a través de la opción “Acreditación Inglés
Avanzado mediante la superación de una prueba de aptitud 2025” de la aplicación “HABIHabilitaciones Bilingües”, tanto la solicitud como la documentación acreditativa de los requisitos, en los términos que se especifican en el apartado 5.1.2 de esta convocatoria.
6.1.3. Documentación que se debe aportar por los candidatos de centros públicos
junto con la solicitud.
— Los funcionarios de carrera o en prácticas de los cuerpos docentes que presten
servicios en una administración educativa distinta de la Comunidad de Madrid,
deberán aportar copia del título administrativo de funcionario de carrera del correspondiente cuerpo docente o documentación acreditativa de tener la condición
de funcionario en prácticas del correspondiente cuerpo docente, así como hoja de
servicios expedida por la Administración educativa de la que dependa, actualizada a fecha de publicación de esta convocatoria, sin perjuicio de las actuaciones
oportunas que se puedan llevar a cabo para comprobar la veracidad de lo declarado en la solicitud por los participantes.
— Todos los aspirantes que presenten la solicitud por medio de representante deberán consignar sus datos en el apartado correspondiente de la solicitud, a través de
la aplicación habilitada al efecto, y presentar:
• Copia del DNI del representante, en el supuesto de no autorizar su consulta.
• Documento de otorgamiento de la representación.
La documentación requerida deberá ser remitida en formato “PDF”. La persona solicitante deberá asegurarse de que adjunta los archivos y de que estos son anexados correctamente.
Se podrá reclamar a los participantes, en cualquier momento del procedimiento, la presentación de los documentos originales. En caso de discrepancia entre las copias presentadas y los originales, el participante será excluido del procedimiento, sin perjuicio de la exigencia de responsabilidad en que hubiese podido incurrir.
6.1.4. Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales de los
candidatos de centros públicos.
Los candidatos de centros públicos podrán acreditar este requisito autorizando a la Dirección General de Recursos Humanos, en el apartado “Autorización consulta al Registro
Central de Delincuentes Sexuales” de la solicitud, a realizar la consulta al Registro Central
de Delincuentes Sexuales.
La autorización de consulta en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a la Dirección General de Recursos Humanos implica también la autorización para la consulta de
datos del DNI.
Todos los aspirantes vinculados a los centros docentes públicos que no hayan marcado
el apartado “Autorización consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales” de la solicitud, autorizando la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales, deberán aportar el Certificado negativo del mencionado Registro, junto con el resto de la documentación.
Se entiende que la autorización otorgada a la Administración por parte del profesorado vinculado a los centros públicos para consultar el Registro Central de Delincuentes Sexuales será válida para la comprobación de los datos en cualquier nombramiento en puestos docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.
Los docentes de la enseñanza pública cuya nacionalidad sea de países no pertenecientes a la Unión Europea deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro
Central de Delincuentes Sexuales, la certificación negativa de condenas penales expedida
por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos
relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres
Humanos. Si el certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada (realizada por traductor jurado o validada por el
consulado u oficina diplomática correspondiente).
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