C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250304-27)
Tablas valoración series documentales – Orden 226/2025, de 29 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueban y modifican las Tablas de Valoración de determinadas series documentales de titularidad pública de la Administración de la Comunidad de Madrid y de las Entidades Locales Madrileñas
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 148
MARTES 4 DE MARZO DE 2025
-
B.O.C.M. Núm. 53
de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos (Real Decreto
203/2021, de 30 de marzo);
las hojas padronales en soporte papel que hubieran sido digitalizadas se podrán mantener
por un año, al objeto de realizar el correspondiente control de calidad de la digitalización,
pudiéndose eliminar a partir de ese plazo.
Tipo de muestra: Muestreo Ejemplar (Mu – E)
Plazos de eliminación:
i.
EN ARCHIVO DE GESTIÓN: 1 año para las hojas padronales en papel, en caso de digitalización;
4 años para el resto de la documentación obrante en los expedientes de altas y modificaciones
que no sean hojas padronales.
ii. EN ARCHIVO CENTRAL: No procede
iii. EN ARCHIVO INTERMEDIO: No procede
Soporte de sustitución: No.
Conservación de la documentación original en caso de sustitución de soporte: No procede.
Plazos de permanencia:
PLAZO (años)
EN ARCHIVO DE GESTIÓN
5 – 100
JUSTIFICACIÓN
[Véase el apartado Recomendaciones al
gestor]
EN ARCHIVO CENTRAL
EN ARCHIVO INTERMEDIO
Observaciones: Las hojas padronales, y la restante documentación suscrita por los vecinos que el
Ayuntamiento reciba oficialmente podrá ser mantenida bien en su forma original o bien mediante
reproducciones de las mismas en forma que se garantice su autenticidad, integridad, conservación y
disponibilidad, de conformidad con lo establecido en los artículos 60.3 del Reglamento de Población y
Demarcación Territorial de las Entidades Locales, y 16.5, 27 y disposición transitoria primera de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
III. RECOMENDACIONES AL GESTOR
BOCM-20250304-27
Se recomienda transferir los documentos de conservación permanente al servicio de archivo en los plazos
que se determine en cada ayuntamiento en función de las necesidades del órgano productor y los medios
del servicio de archivo (por ejemplo, a los cinco años), incluyendo los documentos electrónicos, que deberían
transferirse a un sistema de preservación digital para garantizar su conservación, autenticidad y
disponibilidad a largo plazo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 148
MARTES 4 DE MARZO DE 2025
-
B.O.C.M. Núm. 53
de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos (Real Decreto
203/2021, de 30 de marzo);
las hojas padronales en soporte papel que hubieran sido digitalizadas se podrán mantener
por un año, al objeto de realizar el correspondiente control de calidad de la digitalización,
pudiéndose eliminar a partir de ese plazo.
Tipo de muestra: Muestreo Ejemplar (Mu – E)
Plazos de eliminación:
i.
EN ARCHIVO DE GESTIÓN: 1 año para las hojas padronales en papel, en caso de digitalización;
4 años para el resto de la documentación obrante en los expedientes de altas y modificaciones
que no sean hojas padronales.
ii. EN ARCHIVO CENTRAL: No procede
iii. EN ARCHIVO INTERMEDIO: No procede
Soporte de sustitución: No.
Conservación de la documentación original en caso de sustitución de soporte: No procede.
Plazos de permanencia:
PLAZO (años)
EN ARCHIVO DE GESTIÓN
5 – 100
JUSTIFICACIÓN
[Véase el apartado Recomendaciones al
gestor]
EN ARCHIVO CENTRAL
EN ARCHIVO INTERMEDIO
Observaciones: Las hojas padronales, y la restante documentación suscrita por los vecinos que el
Ayuntamiento reciba oficialmente podrá ser mantenida bien en su forma original o bien mediante
reproducciones de las mismas en forma que se garantice su autenticidad, integridad, conservación y
disponibilidad, de conformidad con lo establecido en los artículos 60.3 del Reglamento de Población y
Demarcación Territorial de las Entidades Locales, y 16.5, 27 y disposición transitoria primera de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
III. RECOMENDACIONES AL GESTOR
BOCM-20250304-27
Se recomienda transferir los documentos de conservación permanente al servicio de archivo en los plazos
que se determine en cada ayuntamiento en función de las necesidades del órgano productor y los medios
del servicio de archivo (por ejemplo, a los cinco años), incluyendo los documentos electrónicos, que deberían
transferirse a un sistema de preservación digital para garantizar su conservación, autenticidad y
disponibilidad a largo plazo.